Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Granada de 6 de mayo de 2009.

Tipo: Auto
Localización: Juzgados
Materia: Visado
Fecha: 06/05/2009
Enlace: Auto
Resumen:

Prórroga de tarjeta de estudiante. Medida Cautelar.

Comentario:

En este caso, el hecho de no haber presentado la solicitud de prorroga en el plazo reglamentario previsto en el art.88,2 del RD 2393/2004, no es inconveniente para la eventual existencia del derecho teniendo en cuenta que a la Administración no le está prohibido todo aquello para lo que no esté expresamente facultada (quae non permissa prohibita intelligentur), procede la adopción de la medida cautelar consistente en prorrogar la autorización de estancia por estudios, ya que ello no ocasiona perjuicio al interés público y, por el contrario puede ocasionársele al actor de estimársele posteriormente su recurso.

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