Acuerdo entre España y los Emiratos Árabes Unidos sobre cooperación en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 07/02/2021
Comentario:

Emiratos Árabes UnidosAcuerdo entre el Reino de España y los Emiratos Árabes Unidos sobre cooperación en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia, firmado en Abu Dhabi el 7 de febrero de 2021.

Antecedentes

  • Las autoridades competentes de España y Emiratos Árabes Unidos han venido manteniendo contactos durante estos últimos años con la finalidad de concluir un Acuerdo bilateral para combatir la delincuencia transnacional. Este Acuerdo responde a la preocupación que comparten ambos países por el alcance de los fenómenos delincuenciales y por los retos que plantean a la seguridad el tráfico de personas, el terrorismo, el narcotráfico y las nuevas manifestaciones de la delincuencia transnacional organizada.
  • El presente Acuerdo se firmó el 7 de febrero de 2021, en Abu Dhabi, previa autorización del Consejo de Ministros de 20 de maro de 2015. Regula los aspectos más importantes que interesan en la cooperación en este ámbito, especificando con gran detalle los delitos a los que se extenderá la misma. Son especialmente relevantes las previsiones relativas a la lucha contra el crimen organizado, con referencia específica al terrorismo, así como la colaboración en la actividad operativo-investigadora de las distintas modalidades delictivas. Para ello, se establece un marco genérico de cooperación, que se prestará respetando las respectivas legislaciones nacionales y los compromisos internacionales asumidos por ambas Partes y se desarrollará en base a principios de igualdad, reciprocidad y asistencia mutua.
  • Por su parte, el Consejo de Estado en su dictamen de 28 de mayo de 2015, determinó que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio del presente Acuerdo, requiere la previa autorización de las Cortes Generales, en los términos de los apartados c) y e) del Artículo 94.1 de la Constitución, debido a que el Acuerdo contiene previsiones sobre intercambio de información y sobre datos personales que afectan al artículo 18 de la Constitución (apartado c), y a que recae sobre materia reservada a ley en nuestro ordenamiento jurídico (apartado d).

Tramitación parlamentaria:

Noticias relacionadas:

Otros textos internacionales con los Emiratos Árabes Unidos:

Otros textos legislativos que vinculan a la EU con Emiratos Árabes Unidos:

 Noticia relacionada:

  • RD 14/2016. Crea la Consejería de Turismo de la Misión Diplomática Permanente de España en los Emiratos Árabes Unidos.

Otros acuerdos adoptados en la sesión del Ejecutivo (20.03.2015):

Acuerdos adoptados en otras sesiones anteriores del Consejo de Ministros

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León