Protocolo al Tratado del Atlántico Norte sobre la adhesión de la República de Macedonia del Norte.

Tipo de Legislación: Organizaciones Regionales
Tipo de Acto: Tratados multilaterales
Fecha: 31/07/2019
Comentario:

Flag of North Macedonia.svgInstrumento de ratificación del Protocolo al Tratado del Atlántico Norte sobre la adhesión de la República de Macedonia del Norte, firmado "ad referendum" en Bruselas el 6 de febrero de 2019.

  • El presente Protocolo entró en vigor, de forma general y para España, el 19 de marzo de 2019, de conformidad con lo dispuesto en su artículo II (BOE, 31.03.2020).

Antecedentes:

  • A raíz de la desaparición del Pacto de Varsovia, y en el contexto de las reformas emprendidas por las nuevas democracias de Europa Central y Oriental para la modernización de sus estructuras de defensa, la OTAN se planteó su posible ampliación a los antiguos países del Este. En la Cumbre de Bruselas de 1994 la Alianza se mostró favorable a la incorporación de nuevos Estados miembros.
  • La República de Macedonia del Norte (hasta hace poco denominada Antigua República Yugoslava de Macedonia, ARYM) se unió a la Asociación para la Paz de la OTAN en 1995, pero su relación con la Alianza se intensificó a partir de 1999. En abril de dicho año, adoptó un Plan de Asociación con la OTAN y solicitó formalmente participar en el Plan de Acción para la adhesión. En la Operación Cosecha Esencial, tropas de la OTAN se unieron con el ejército macedonio para desarmar a las fuerzas rebeldes después de un acuerdo de alto el fuego. Las tropas macedonias participan en la misión de la OTAN en Afganistán, KFOR en Kosovo, y en EUFOR ALTHEA (BiH).
  • En la Cumbre de Bucarest de 2008, los Aliados acordaron que Skopje sería invitado a ser miembro tan pronto como se solucionara el contencioso que le enfrentaba a Grecia por la denominación constitucional del país. La disputa comenzó en 1991, cuando Macedonia surge como país independiente y adopta el nombre de una provincia griega. Desde entonces, Atenas ha tratado de que Skopje cambie su denominación oficial por considerar que podría interpretarse como una reivindicación territorial. En junio de 2018, los primeros ministros de Grecia y de la entonces ARYM llegaron a un acuerdo, denominado Acuerdo de Prespa, para poner fin a dicha disputa sobre el nombre oficial del país, que pasa a llamarse República de Macedonia del Norte. Este acuerdo, tras su ratificación por los Parlamentos macedonio y griego, abrió la puerta para la adhesión de Macedonia del Norte a la OTAN.
  • A finales de 2018, el Secretariado Internacional de la OTAN formuló la propuesta de la firma del protocolo de Adhesión.
  • La firma del Protocolo al Tratado del Atlántico Norte sobre la adhesión de la República de Macedonia del Norte se realizó en Bruselas, el 6 de febrero de 2019. España lo firmó ad referendum, previa autorización del ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. La firma fue llevada a efecto por el embajador representante de España en el Consejo de la Organización del Tratado del Atlántico Norte. Esta firma ad referendum adquirió el carácter de firma definitiva mediante su aprobación por el Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2019.
  • La razón principal que ha aconsejado esta firma es el interés de los Estados miembros de la Alianza, España entre ellos, en reforzar la seguridad de la región del Atlántico Norte, y la de la OTAN en su conjunto, mediante la incorporación de otros Estados europeos que estén en condiciones de favorecer el desarrollo de los principios del Tratado. 
  • El Consejo de Estado, en dictamen de 20 de junio de 2019, dispone que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio del presente Protocolo requiere la previa autorización de las Cortes Generales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 94.1 a) y b) de la Constitución Española.
  • Asimismo, mediante este Acuerdo de Consejo de Ministros se solicita a la Cortes la tramitación del expediente de autorización por el procedimiento de urgencia. Esta urgencia viene motivada por las siguientes causas:
    - Los jefes de Estado y de Gobierno de la OTAN celebrarán su próxima cumbre, que marcará el 70 aniversario de la OTAN, los días 3 y 4 de diciembre en Londres, y es muy conveniente que en esa fecha el Protocolo esté ratificado por todos los Aliados, para que pueda asistir el Jefe de Estado de la República de Macedonia del Norte como miembro de pleno derecho de la OTAN.
    - Hasta la fecha, los siguientes Estados ya han notificado al Gobierno de los Estados Unidos de América la finalización de sus trámites internos para obligarse por el Protocolo: Grecia, Bulgaria, Eslovenia, Albania, Montenegro, Eslovaquia, Croacia, Dinamarca, Lituania, Letonia, Canadá y Bélgica; hay varios Estados más que están muy próximos a finalizar sus procedimientos.
  • Dado que el trámite de autorización parlamentaria en España se extiende durante varios meses, ante la necesidad de tener ratificado el Protocolo como máximo a finales del mes de noviembre, es necesaria la utilización del procedimiento de urgencia para poder cumplir con las fechas previstas.

Contenido:

  • Este Protocolo tiene por objeto la adhesión de la República de Macedonia del Norte al Tratado del Atlántico Norte.  El texto consta de un preámbulo y tres artículos.
  • En el preámbulo, las Partes del Tratado del Atlántico Norte manifiestan su convencimiento de que la adhesión de la República de Macedonia del Norte a la Alianza reforzará la seguridad en la región del Atlántico Norte.
  • El Artículo I señala que, en el momento de la entrada en vigor del presente Protocolo, el Secretario General de la Organización del Atlántico Norte remitirá al Gobierno la República de Macedonia del Norte, en nombre de todas las Partes, una invitación para adherirse al Tratado. El país invitado, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Tratado, se convertirá en Estado Parte en la fecha en que deposite su instrumento de adhesión ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.
  • El Artículo II regula la entrada en vigor del Protocolo, la cual tendrá lugar cuando la totalidad de los Estados miembros hayan notificado la aceptación del mismo al Gobierno de los Estados Unidos de América, Depositario del Tratado. Dicho Gobierno comunicará a las Partes la fecha de recepción de cada notificación, así como la fecha de la entrada en vigor.
  • El Artículo III dispone que el Protocolo, del que existirán dos versiones auténticas, en inglés y en francés, se depositará en los Archivos del Gobierno de los Estados Unidos de América, el cual, posteriormente, trasladará copias certificadas del Protocolo a los Gobiernos de los demás Estados miembros de la Alianza.

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Solicitud de autorización para su ratificación:

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Consulados de España en la Antigua República Yugoslava de Macedonia

Informe sobre la situación en Macedonia:

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