Constitución Española de 1812.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Constituciones
Fecha: 19/03/1812
Comentario:

 

Constitución Española de 1812.

Períodos de vigencia de la Constitución de 1812 (19 marzo 1812-4 mayo 1814) (7 marzo 1820-1 octubre 1823) y (13 agosto 1836-18 junio 1837) (Que viva la Pepa!!! Retales del 19 de Marzo. © Pensamientos Reducidos.blogspot.com.es).

Preceptos importantes para migrarconderechos: art. 5, y Título IV. De los ciudadanos españoles (arts. 18-26).

  • Artículo. 5º. Son españoles:
    Primero. Todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las Españas, y los hijos de éstos.
    Segundo. Los extranjeros que hayan obtenido de las Cortes carta de naturaleza.
    Tercero. Los que sin ella lleven diez años de vecindad, ganada según la ley en cualquier pueblo de la Monarquía.
    Cuarto. Los libertos desde que adquieran la libertad en las Españas.
  • Capítulo IV. De los ciudadanos españoles (arts. 18 a 26)
    Artículo 24. La calidad de ciudadano español se pierde:
    Primero. Por adquirir naturaleza en país extranjero.
    Segundo. Por admitir empleo de otro Gobierno.
    Tercero. Por sentencia en que se impongan penas aflictivas o infamantes, si no se obtiene rehabilitación.
    Cuarto. Por haber residido cinco años consecutivos fuera del territorio español sin comisión o licencia del Gobierno.
  • Texto completo.

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