RD 400/2020, sobre concesión directa de subvenciones en materia de prestación de asistencia jurídica gratuita y para la asistencia psicológica a las víctimas de los delitos.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 25/02/2020
Comentario:

Real Decreto 400/2020, de 25 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de los Procuradores de España, en materia de prestación de asistencia jurídica gratuita, y al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para la asistencia psicológica a las víctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2020.

 

  • Mediante este RD se regula la concesión directa de subvenciones por valor de 49,7 millones de euros en el ejercicio de 2020 al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de Procuradores de España, para la asistencia jurídica gratuita, y al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, para la atención a las víctimas de delitos. Las actividades realizadas en noviembre y diciembre del pasado año serán abonadas en un único pago en las próximas semanas.
  • De acuerdo con este Real Decreto, se destinarán, en el ámbito del territorio del Ministerio de Justicia, 45.003.220 € al Consejo General de la Abogacía Española y 3.673.250 € al Consejo General de los Procuradores de España para la prestación de la asistencia jurídica gratuita. El pago de las subvenciones se efectuará por periodos mensuales vencidos. El Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo General de Colegios de Procuradores de España remitirán al Ministerio de Justicia una certificación con los datos relativos a las actuaciones realizadas por cada colegio en el mes anterior, junto con la justificación del coste económico asociado. En función de estas certificaciones, Justicia efectuará los libramientos mensuales que correspondan.
  • Por lo que respecta a la asistencia psicológica a las víctimas de delitos, se destinarán en el presente ejercicio 1.051.800 € para la atención especializada en las Oficinas de Asistencia a las Víctimas dependientes del Ministerio de Justicia y en la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional, así como para el apoyo en la emisión de informes periciales. Estas subvenciones se articularán mediante la firma de convenios de colaboración con el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
  • La tramitación de este Real Decreto se realiza a través del procedimiento previsto en la Ley General de Subvenciones, que establece que podrán concederse ayudas de forma directa para supuestos en los que se acrediten razones de interés público, social o humanitario. La prórroga de los Presupuestos Generales del Estado de 2018 a 2020 no permitía extender automáticamente estas subvenciones de un año a otro, lo cual ha hecho necesaria la aprobación de un real decreto para conceder y aplicar las mismas cantidades en el presente ejercicio.
  • Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE, 06.03.2020) (Texto completo). 

Noticia relacionada:

Otros acuerdos de la misma sesión:

Acuerdos adoptados en otras sesiones anteriores del Consejo de Ministros: 

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León