Instrucción Conjunta DGM y CGEyF. Criterio a tener en cuenta respecto a los procedimientos de extranjería impulsados o tramitados a favor de nacionales venezolanos en España.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Instrucciones
Fecha: 15/03/2019
Comentario:

Instrucción 1/2019, de 15 de marzo. Conjunta del Director General de Migraciones y del Comisario General de Extranjería y Fronteras por la que se determina el criterio a tener en cuenta respecto a los procedimientos de extranjería impulsados o tramitados a favor de nacionales venezolanos en España.

  •  

  • La normativa de extranjería española exige, en el marco de los diferentes procedimientos y entre los distintos documentos que deben ser aportados, el pasaporte como forma de identificación personal. Dicho pasaporte debe encontrarse en vigor y, en ciertas ocasiones, se exige una cierta vigencia mínima.
    (…)
  • La imposibilidad de solicitar una autorización o su renovación con un pasaporte caducado está generando entre los ciudadano de nacionalidad venezolana, una suerte de irregularidad sobrevenida puesto que, en la práctica, les está siendo imposible acceder a estos procedimientos debido a que no pueden renovar el pasaporte, una vez ha expirado su vigencia, a través de los servicios consulares de su país ubicados en España, lo que les exigiría tener que volver a su país y, una vez allí, proceder a su renovación.
  • La Sentencia de 26 de junio de 2018 de la Audiencia Nacional (AN) aporta un cambio de criterio importante a la hora de aportar una solución a esta situación. La AN tiene en cuenta la recomendación realizada por ACNUR el 18 de marzo, en la que se insta a los Estados a que garanticen a los venezolanos los mecanismos migratorios laborales para que no se vean forzados a retornar a Venezuela. Ni la presencia irregular ni la falta de documentos de identidad serían vistas como una razón válida para denegar el acceso a la residencia legal.

ÚNICA:

  • 1. Para la tramitación de cualquiera de las autorizaciones y permisos previstos en la normativa de extranjería, así como para la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero, se admitirá, en el caso de solicitarse a favor de nacionales de Venezuela, la presentación de pasaporte caducado.
  • 2. Lo dispuesto en esta instrucción se aplicará exclusivamente durante el tiempo que subsistan las circunstancias extraordinarias que motivan la presente (Texto completo).

Noticias relacionadas:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León