Orden de 18 de abril de 1983 sobre expedición de título de viaje a extranjeros.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Ordenes ministeriales
Fecha: 18/04/1983
Comentario:

Orden de 18 de abril de 1983 sobre expedición de título de viaje a extranjeros. (Derogada por: Orden INT/3321/2011).

  • Texto completo.
  • El Decreto 522/1974, de 14 de febrero, por el que se regula el régimen de entrada, permanencia y salida de los extranjeros en España, establece en su artículo 13 la facultad de expedición de título de viaje a los extranjeros en los que concurran las circunstancias en él expresadas.  Recientemente ha sido modificado nuestro ordenamiento jurídico en cuestiones que afectan al título de viaje, especialmente, en las materias de competencia para su expedición y las concernientes al derecho de familia, entre otras. Asimismo se considera oportuno proceder a una racionalización en el contenido del citado documento, que recoja de forma explícita todas aquellas circunstancias motivadoras de su otorgamiento, así como el mayor, y más fiable número de datos identificativos de la personalidad de su titular, y su acomodación a la normativa vigente. En su virtud, este Ministerio, haciendo uso de las facultades que le confiere la disposición final cuarta del mencionado Decreto, ha tenido a bien disponer: "Artículo 1. A los extranjeros que se encuentren en España y que teniendo necesidad de salir del territorio español no puedan proveerse de documentación propia por cualquier circunstancia, se les facilitará por las autoridades nacionales competentes un título de viaje, válido por el tiempo imprescindible, no superior a un año, para viajar con destino a los países que se determinen y tránsito por otro u otros. Para su expedición serán requisitos indispensables que el solicitante acredite suficientemente la necesidad o conveniencia del viaje o viajes y que no consten datos o antecedentes que aconsejen la denegación o limitación".
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León