Orden AEC/2088/2011, de 11 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas para la asistencia jurídica a ciudadanos españoles que afronten condenas de pena de muerte.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Ordenes ministeriales
Fecha: 11/07/2011
Comentario:

Orden AEC/2088/2011, de 11 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas para la asistencia jurídica a ciudadanos españoles que afronten condenas de pena de muerte.

  • Artículo 1. Objeto y finalidad. Por la presente orden se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2011, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a favor de personas físicas o jurídicas españolas o extranjeras, domiciliadas en España o en el extranjero, destinadas a coadyuvar a la defensa jurídica de ciudadanos españoles sometidos a juicio en el extranjero acusados de delitos que en el ordenamiento aplicable se puedan castigar con pena de muerte. Una vez formalizada la acusación, sólo se podrán conceder o, en su caso, mantener las ayudas para la defensa de aquellos acusados españoles para quienes el Ministerio Fiscal o institución equivalente o una acusación particular hayan solicitado efectivamente la pena de muerte. También podrán ser utilizadas estas ayudas en los procesos de revisión o repetición de juicios, de recurso de sentencias condenatorias o de solicitud de indulto o de conmutación de pena a favor de aquellos que ya hayan sido condenados a la pena de muerte. La actividad para la que se solicita la ayuda deberá producirse o realizarse durante el curso del año 2011.
  • Artículo 2. Beneficiarios. 1. Podrá beneficiarse de las ayudas objeto de la presente orden la propia persona física de nacionalidad española que se enfrente a la pena de muerte. 2. También podrán ser beneficiarios otras personas físicas, españolas o extranjeras, o instituciones con personalidad jurídica privada, domiciliadas en España o en el extranjero, para prestar asistencia a aquélla
  • Artículo 6. Lugar y plazo de presentación. 3. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día de entrada en vigor de esta orden y concluirá transcurridos dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (Texto completo/pdf).

Convocatorias de años anteriores:

Convocatorias de años posteriores

Algunos de los países con los que España esta vinculada por convenios sobre traslado de condenados:

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