Orden EDU/647/2011, de 22 de marzo, por la que se convocan para el año 2011 las ayudas correspondientes al Programa Campus de Excelencia Internacional, reguladas en la Orden EDU/903/2010, de 8 de abril.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Ordenes ministeriales
Fecha: 22/03/2011
Comentario:

Orden EDU/647/2011, de 22 de marzo, por la que se convocan para el año 2011 las ayudas correspondientes al Programa Campus de Excelencia Internacional, reguladas en la Orden EDU/903/2010, de 8 de abril.

  • La convocatoria identifica siete áreas prioritarias de financiación por su valor estratégico para la mejora de los campus: Internacionalización, Excelencia académica, Coordinación en el ámbito de la Educación Superior, Gobernanza y gestión de los CEI, Emprendimiento y desarrollo tecnológico, Creatividad, y Excelencia dirigida al entorno, estableciéndose en el Subprograma de Fortalecimiento subvenciones para incentivar diversos tipos de actuaciones en dichos ámbitos. Entre estas actuaciones se mantienen algunas de las ya previstas en la convocatoria de 2009, como adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior o políticas de atracción e incentivación de talento, pero también se incluyen otras nuevas, pudiendo destacarse las referentes al área de Internacionalización de las universidades, con la finalidad de conseguir un sistema universitario altamente internacionalizado y atractivo a nivel mundial y los objetivos específicos de aumentar la movilidad internacional de estudiantes y personal académico españoles, aumentar el porcentaje de estudiantes, profesores e investigadores extranjeros en España, incrementar el número de Master y Doctorados internacionales, y aumentar la excelencia y el atractivo internacional de nuestras mejores universidades
  • Artículo 3. Objeto y finalidad. 1. Con la presente convocatoria del Subprograma de Fortalecimiento se pretende aumentar la calidad del sistema universitario español y conducir hasta la excelencia a los mejores campus, mediante la especialización, la diferenciación, el establecimiento de alianzas y agregaciones y la internacionalización del sistema universitario español; para ello, mediante esta convocatoria se concederán ayudas para financiar la puesta en práctica de aspectos parciales de los Proyectos de Conversión a Campus de Excelencia Internacional, que hubieran sido seleccionados a tales efectos previo informe de la Comisión Técnica a la que se alude en el artículo 6 de la orden de bases.
    En consecuencia, todas las actuaciones presentadas al Subprograma de Fortalecimiento deberán corresponderse con aspectos parciales del Proyecto de Conversión a Campus de Excelencia Internacional que posteriormente será presentado a la Convocatoria del Subprograma de Excelencia y deberán ser coherentes con el mismo, formando parte de un proyecto de modernización único e integrado, así como destacar por su calidad y valor estratégico para la mejora del campus; en el supuesto de que el Proyecto de Conversión ya hubiera sido seleccionado para acceder a la segunda fase del Programa CEI en convocatorias anteriores del Subprograma de Excelencia, las actuaciones presentadas al Subprograma de Fortalecimiento del presente año también deberán resultar coherentes con dicho proyecto. En ambos casos, los solicitantes explicarán la importancia de las actuaciones para las que se solicita financiación en relación con el conjunto del proyecto de conversión y de la actividad del campus, y como contribuyen al fortalecimiento del mismo; también deberá aludirse a la oportunidad y valor estratégico para la mejora del campus de estas actuaciones, a la importancia de las mismas para la consecución de agregaciones y para la especialización e internacionalización del campus, y a la congruencia y relevancia de esas actuaciones en relación con el Proyecto de Conversión a Campus de Excelencia Internacional.
    2. El Subprograma de Fortalecimiento comprenderá las siguientes áreas prioritarias de financiación:
    I. Internacionalización.
    II. Excelencia académica.
    III. Coordinación en el ámbito de la Educación Superior.
    IV. Gobernanza y gestión de los CEI.
    V. Emprendimiento y desarrollo tecnológico.
    VI. Creatividad.
    VII. Excelencia dirigida al entorno. 
  • Artículo 4. Plazo de presentación de solicitudes y documentos e informaciones que deben acompañarse. 1. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de la presente orden en el «BOE». 
  • Disposición final segunda. Entrada en vigor.
    La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León