Proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Trabajos preparatorios
Fecha: 06/06/2014
Comentario:

Proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España, por la que se modifica el artículo 23 del código civil y se establece una tasa para determinados procedimientos de adquisición de la nacionalidad española.

  • Disposición final segunda. Tasa por tramitación de los procedimientos para la obtención de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza o dispensa y por los sefardíes que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España. 1. Constituye el hecho imponible de la tasa la iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza o dispensa, así como por el procedimiento regulado en la presente ley. 2. Es sujeto pasivo de la tasa el solicitante de la nacionalidad española, aun en el caso de que la solicitud hubiera sido instada por otra persona en su nombre. 3. El devengo de la tasa se produce con la presentación de la solicitud, con independencia del resultado del procedimiento. 4. La cuantía será de 75 euros. El obligado tributario autoliquidará la tasa en la forma establecida en el apartado siguiente. 5. La gestión de la tasa corresponderá al Ministerio de Justicia que regulará cómo ha de efectuarse el pago de la misma a través de la plataforma electrónica regulada en la disposición adicional tercera.
  • Disposición adicional tercera. Plataforma electrónica. El Ministerio de Justicia establecerá una plataforma electrónica única para la tramitación del procedimiento regulado en la presente ley, así como para la tramitación de los procedimientos de obtención de la nacionalidad española por residencia, carta de naturaleza o dispensa (Texto completo).

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