PNL presentada por el GPP en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a mejorar las políticas de asistencia a presos españoles en terceros países y agilizar su traslado a prisiones españolas.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Trabajos parlamentarios
Fecha: 18/03/2014
Comentario:

Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, por la que se insta al Gobierno a mejorar las políticas de asistencia a presos españoles en terceros países y agilizar su traslado a prisiones españolas.

Esta PNL ha sido aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión celebrada el 18 de marzo de 2014. Mediante este texto se solicita al Gobierno continuar mejorando las políticas y acciones necesarias para asistir a presos españoles en países extracomunitarios y agilizar su traslado a prisiones españolas donde puedan garantizarse condiciones adecuadas de internamiento. 

De hecho, según señala la PNL pubicada en el BOCG el 24 de enero de 2014, en la actualidad, la red de Oficinas Consulares de España, conforme a lo previsto en el Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, presta asistencia a 2.184 presos españoles que cumplen condena en el extranjero. Un 55 % de los presos españoles se encuentra en países de Iberoamérica, un 37 % en países europeos y un 6 % en África, mientras que el 2 % restante se encuentra preso en otros países del mundo. Más del 80 % del total se halla en prisión por posesión ilícita o tráfico de estupefacientes. Las deficiencias de algunos sistemas jurídicos y penitenciarios extranjeros, así como la diferencia de idioma, cultura y modos de vida hacen que en numerosas ocasiones surjan problemas de toda índole para los detenidos españoles en el exterior. Las condiciones de los centros penitenciarios en algunos países no son equiparables a las existentes en España y los problemas de carácter práctico, emotivo y de reinserción social derivados de una situación de detención o de prisión en un país extranjero pueden ser importantes.

Defiende la proposición no de ley el señor Gómez de la Serna y Villacieros, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. En defensa de las enmiendas presentadas intervinieron: el señor Salvador Armendáriz, la señora Oramas González-Moro y el señor Larreina Valderrama, del Grupo Parlamentario Mixto; los señores Llamazares Trigo, del Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, y Guillaumes i Ràfols, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y la señora Blanco Terán, del Grupo Parlamentario Socialista. En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Olabarría Muñoz, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y la señora Lozano Domingo, del Grupo Parlamentario de Unión Progreso y Democracia. A los solos efectos de aceptación de la enmienda transaccionada interviene el señor Gómez de la Serna y Villacieros. 
En el debate el diputado popular Pedro Gómez de la Serna ha clarificado que se deben cumplir sus condenas, pero no necesariamente en medio de "situaciones lacerantes" como las que se viven en gran número de cárceles donde cumplen condena estos españoles, donde "en vez de entrar en cárceles entran en verdaderos infiernos". Se ha pedido al Gobierno que continúe mejorando las políticas y acciones necesarias para asistir a presos españoles en terceros países y continuar agilizando su traslado a prisiones españolas donde puedan garantizarse condiciones adecuadas de internamiento.
La asistencia que se lleva a cabo puede ser económica, en caso de necesidad, pudiendo alcanzar como máximo los 120 euros mensuales, así como no económica. El objeto de estas ayudas es paliar la situación de precariedad de aquellos países en los que los centros penitenciarios tengan condiciones inferiores a las de España, principalmente en lo relativo a salubridad, necesidades personales y alimentos. 

En todo caso se recuerda que España es parte del Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas, realizado en Estrasburgo el 21 de marzo de 1983; y ha firmado y están actualmente en vigor (o en aplicación provisional) más de treinta acuerdos bilaterales que regulan el traslado de personas condenadas. Las oficinas consulares asisten a los españoles condenados en el extranjero en la solicitud del traslado a España para el cumplimiento de la condena impuesta, en el marco de los tratados internacionales existentes.

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