Resolución DGM de 14 de mayo de 2014. Convocan subvenciones para programas de retorno voluntario de personas inmigrantes.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Resoluciones
Fecha: 14/05/2014
Comentario:

 

Resolución de 14 de mayo de 2014, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones para programas de retorno voluntario de personas inmigrantes.

  • El artículo 9.1 letra j) del Real Decreto 343/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, establece que corresponde a la Dirección General de Migraciones la función del desarrollo y gestión de programas vinculados al retorno de inmigrantes.
  • En la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, se establece que el Gobierno contemplará anualmente la financiación de programas de retorno voluntario de las personas que así lo soliciten y planteen proyectos que supongan su reasentamiento en la sociedad de la que partieron y siempre que los mismos sean de interés para aquella comunidad.
  • La finalidad perseguida por la Administración General del Estado con las subvenciones reguladas en esta Resolución de convocatoria es la promoción de los programas de retorno voluntario para el apoyo al retorno de las personas inmigrantes a sus países de procedencia. El colectivo al que van dirigidas las ayudas al retorno voluntario son personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad social, o perceptoras del abono acumulado de la prestación por desempleo. Así mismo, se habilita una línea de financiación para aquellas personas extranjeras que deseen complementar el retorno con un proyecto productivo empresarial, mediante la creación de una microempresa, todo ello con la intención de alcanzar un doble objetivo: garantizar el retorno digno de las personas y favorecer su reintegración en la sociedad de la que partieron.
  • La política de retorno voluntario de inmigrantes no sólo se ha promovido desde la Administración española sino también desde la Unión Europea. En este sentido, la Decisión núm. 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de mayo de 2007, por la que se establece el Fondo Europeo para el Retorno para el periodo 2008-2013 como parte del Programa General «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios» determina como objetivo primordial la promoción de la gestión integrada del retorno a nivel nacional que se centre en retornos efectivos y sostenibles mediante una variedad de medidas y alienta a los Estados Miembros a dar preferencia al retorno voluntario frente al forzoso, dado que responde mejor al interés, tanto de un retorno digno de las personas, como al de las autoridades de los países de acogida. 
  • Por todo lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal, procede efectuar la correspondiente convocatoria y la determinación de los programas de retorno voluntario que podrán ser objeto de financiación, y sus requisitos, así como los créditos presupuestarios a los que deben imputarse las correspondientes subvenciones (Texto completo/pdf).

La OIM España gestiona actualmente los siguientes programas de retorno voluntario a nivel nacional y desde Cataluña:

Sobre el programa de retorno voluntario que la OIM lleva a cabo, con la financiación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y del Fondo Europeo de Retorno, para inmigrantes que se encuentran en situación administrativa irregular. 
El programa, co-financiado por el Fondo Europeo para el Retorno de la Unión Europea y la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, va dirigido a personas extranjeras extracomunitarios en situación irregular, que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y deseen retornar de forma voluntaria a su país.
El programa ofrece:
- Billete de retorno a su país de origen
- Trámites para la obtención de documentos de viaje (si necesario)
- Ayuda de viaje de 50 € por persona (habiendo un máximo por unidad familiar)
- Ayuda para la reinstalación de 400 € por persona (habiendo un máximo por unidad familiar)
Trámites a seguir para solicitar el retorno voluntario:
Los interesados deben solicitar la intermediación de los servicios sociales del ayuntamiento en el que estén empadronados, o de alguna ONG, Fundación, albergue, comedor social etc, para que envíen a la OIM toda la documentación siguiente. Si ésto no es posible, por favor contactar directamente con la OIM:
- impreso de solicitud correspondiente
- informe social
- fotocopia del pasaporte (hojas selladas y con información) de todos los miembros que retornan
- Si hay menores nacidos en España hay que incluir fotocopia del libro de familia y partida de nacimiento.
Se adjunta impreso de solicitud con las condiciones y requisitos del programa (archivo asociado):
Dicha documentación se puede enviar por:  Fax: 91 594 3283 o Mail: iommadridops@iom.int.

Más información:

Ficheros Asociados

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León