Real Decreto 631/2019, que regula la concesión directa de subvenciones, correspondientes al año 2019, a las ciudades de Ceuta y Melilla para el mantenimiento y la mejora de la atención prestada en los centros de acogida de menas.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 31/10/2019
Comentario:

 

Real Decreto 631/2019, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, correspondientes al año 2019, a las ciudades de Ceuta y Melilla para el mantenimiento y la mejora de la atención prestada en los centros de acogida de menores extranjeros no acompañados.

  • Se trata de una concesión directa dirigida a mejorar la atención que reciben los menores extranjeros no acompañados tutelados. Las subvenciones, que ascienden a 6.449.000 euros (2.345.110 euros para Ceuta y 4.103.890 euros para Melilla),
  • Por su localización geográfica, las dos Ciudades Autónomas reciben un gran número de menores extranjeros no acompañados. Según el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados, del Ministerio de Interior, el número de menores extranjeros no acompañados tutelados o acogidos por los servicios de protección de Ceuta en el año 2018 se incrementó un 112%, y en la Ciudad de Melilla un 44,1%, en comparación con las mismas fechas del año anterior.
  • Está previsto que a lo largo del año 2019, atendiendo a los datos de los últimos meses, este número se afiance. La subvención responde a razones de interés público, social y humanitario.
  • La cuantía de las subvenciones se destinará al mantenimiento y mejora de los servicios de atención inmediata y acogida. También se financiarán los servicios de información, asistencia social y formación de los menores extranjeros no acompañados.
  • Las actividades subvencionadas están comprendidas en el periodo del 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.
  • Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (Texto completo).

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