Real Decreto-ley 11/2022, por el que se se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 25/06/2022
Comentario:

Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

  • La invasión de Ucrania por parte de Rusia a finales de febrero está generando importantes consecuencias en todos los órdenes, tanto desde el punto de vista humanitario como económico. En el primer caso, España, fiel a su compromiso de apoyar al pueblo ucraniano, ha ido implementando las medidas necesarias para garantizar una adecuada gestión de la situación migratoria, asegurando el adecuado acogimiento de los refugiados y la atención de sus necesidades. Así, por Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de marzo de 2022, se amplió la protección temporal otorgada en virtud de la de Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, a personas afectadas por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España. Igualmente, por Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania, se incorporaron las normas necesarias para el reconocimiento individual de esta protección temporal, dictándose resolución en el plazo de 24 horas desde la correspondiente solicitud. En este sentido, desde marzo hasta junio se ha reconocido el régimen de protección temporal a más de 120.000 personas.
  • Además, en cumplimiento de la obligación de atender las necesidades básicas de las personas desplazadas que carezcan de recursos económicos suficientes, en marzo se tomó la decisión de complementar la capacidad de acogida del sistema activando progresivamente 24.000 plazas de emergencia, en las que a día de hoy se alojan unas 19.000 personas. En el marco de este dispositivo de emergencia, también se han adoptado otras medidas, como la creación de cuatro Centros de Recepción, Atención y Derivación (CREADE) en Madrid, Barcelona, Alicante y Málaga, y la puesta en marcha de puntos de atención a personas en tránsito, en los aeropuertos de Madrid y Barcelona, en las estaciones de tren que recibían mayor flujo de personas desplazadas desde Ucrania y en los puntos de entrada por la frontera terrestre con Francia.
  • A su vez, con la finalidad de afrontar las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el Gobierno impulsó un Plan Nacional de respuesta con medidas tanto normativas como no normativas. Para las primeras, aprobó el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Esta norma tenía como objetivos básicos la bajada de los precios de la energía para todos los ciudadanos y empresas, el apoyo a los sectores más afectados y a los colectivos más vulnerables y el refuerzo de la estabilidad de precios. Se trataba de limitar los costes económicos y sociales de la distorsión de naturaleza geopolítica en el precio del gas, atajar de raíz el proceso inflacionista y facilitar la adaptación de la economía a esta situación de naturaleza temporal, reforzando al mismo tiempo las bases de la recuperación económica y de la creación de empleo de calidad.
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  • Disposición adicional sexta. Compatibilidad de ayudas. Las ayudas directas contempladas en este Real Decreto ley se otorgan sin perjuicio de cualesquiera ayudas que puedan otorgar las Comunidades Autónomas o las entidades locales en el ejercicio de sus competencias propias y en el ámbito del Marco Temporal de Ayudas de Estado para apoyar la economía como consecuencia de la invasión rusa de Ucrania, adoptado por Comunicación de la Comisión Europea C(2022) 1890 y del Marco Nacional Temporal aprobado por la Comisión Europea en su Decisión SA.102771(2022/N) o de otra posible normativa de ayudas de Estado que pueda resultar de aplicación y sin perjuicio del cumplimiento de las reglas de acumulación. El otorgamiento de cualesquiera ayudas por las Comunidades Autónomas deberá realizarse con respeto al cumplimiento de sus objetivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y regla de gasto (Texto completo).

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