Resolución del INAP por la que se publica el Convenio marco de colaboración con el ICAM, sobre formación en materia de derechos humanos.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Resoluciones
Fecha: 21/09/2017
Comentario:

 

Resolución de 21 de septiembre de 2017, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica el Convenio marco de colaboración con el Colegio de Abogados de Madrid, sobre formación en materia de derechos humanos

 

Bajo el principio de la colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las Administraciones públicas, reconociéndose ambas partes, en la representación que ostentan, capacidad suficiente para poder formalizar este convenio, ACUERDAN:

  • Primero. Objeto. El objeto de este convenio es establecer el marco de colaboración entre el INAP y el ICAM para intercambiar buenas prácticas en el ámbito de los procesos de enseñanza-aprendizaje y promover acciones conjuntas relativas a la formación en materia de derechos humanos. El INAP y el ICAM trabajarán conjuntamente en la elaboración de los distintos programas y los contenidos de las diferentes acciones formativas, así como en el diseño de recursos destinados al autoaprendizaje. Ambas instituciones podrán referirse a la otra como «entidad colaboradora» en relación con los proyectos formativos en los que colaboren.
  • Segundo. Colaboración en la organización de actividades formativas y en el desarrollo de recursos de aprendizaje. Para el desarrollo de este convenio, las partes firmantes asumen los siguientes compromisos: a) El INAP será responsable de difundir las acciones formativas, seleccionar e inscribir al alumnado, expedir los certificados correspondientes, llevar a cabo el seguimiento y la evaluación de las actividades y retribuir a los profesores de las acciones que se ejecuten en el marco de su planificación. Asimismo, podrá financiar el desarrollo de recursos de autoaprendizaje y albergará los mismos en los espacios habilitados para ello. b) El ICAM pondrá a disposición del INAP las acciones formativas y los recursos que ya tenga elaborados sobre la materia objeto del convenio; trasladará al INAP las propuestas que estime oportunas para el desarrollo de acciones formativas y recursos de autoaprendizaje, y colaborará en su difusión. c) La impartición de los cursos podrá producirse de manera presencial, mixta o en línea. En el caso de la formación presencial, las actividades se impartirán preferentemente en la sede del INAP. No obstante, el ICAM pone a disposición del INAP su infraestructura general de instalaciones, equipos técnicos y personal para la impartición de actividades concretas. d) El INAP podrá, si lo estima oportuno, realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material de los cursos, previa comunicación de su intención al ICAM y sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (Texto completo). 
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León