Resolución SEM de 29 de junio de 2022. Residencia temporal de menores y la estancia de los monitores de origen saharaui en España.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Resoluciones
Fecha: 29/06/2022
Comentario:

Resolución de 29 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de junio de 2022, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de las personas menores y la estancia de los monitores y las monitoras, de origen saharaui, en España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2022».

  • El programa «Vacaciones en Paz», por el que las personas menores saharauis pasan un periodo del verano en familias de acogida, se retoma este año tras dos ediciones, 2020 y 2021, suspendido como consecuencia de situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.
  • En los años anteriores a la suspensión, el programa «Vacaciones en Paz» ha permitido la acogida temporal por familias españolas de las personas menores procedentes de los campamentos de refugiados saharauis situados en la provincia argelina de Tinduf.
  • Este programa solidario, llevado a cabo por las asociaciones de amigos del Pueblo Saharaui de las provincias españolas en colaboración con la Delegación Nacional Saharaui y las delegaciones saharauis en las distintas comunidades autónomas, permite que anualmente miles de niños y niñas puedan disfrutar durante la época estival de un periodo de vacaciones en España tras el cual regresan a su lugar de procedencia.
  • Como otros años de celebración del programa, se dictan las presentes instrucciones, al amparo de la disposición adicional primera.4 in fine del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, que habilita al Consejo de Ministros a dictar instrucciones para la concesión de autorizaciones de residencia temporal en supuestos de especial relevancia no regulados, cuando circunstancias de naturaleza económica, social o laboral lo aconsejen.
  • Establecido lo anterior, a propuesta del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, previo informe de los Ministerios del Interior, de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y de Política Territorial, y realizada la preceptiva consulta a la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 21 de junio de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo: 
  • Aprobar las Instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de las personas menores y la estancia de los monitores y las monitoras, de origen saharaui, que se desplazan a España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2022».

Instrucciones

  • Primera. Objeto. Las presentes instrucciones tienen por objeto establecer la forma, requisitos y plazos para autorizar la residencia temporal de los menores y la estancia de los monitores de origen saharaui, que se desplacen a España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2022», a desarrollarse durante la época estival.
    (…)
  • Octava. Efectividad de las instrucciones. De conformidad con los artículos 39 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las presentes instrucciones surtirán efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (Texto completo).

Noticia relacionada:

  • Acuerdo por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de las personas menores y la estancia de los monitores y las monitoras, de origen saharaui, en España en el marco del Programa "Vacaciones en Paz 2022". © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 21.06.2022).

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