Reglamento de Ejecución (UE) 2021/331, relativo a la denuncia de los abusos cometidos por los intermediarios comerciales que prestan servicios de solicitud de autorización de viaje con arreglo al Reglamento (UE) 2018/1240.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Reglamentos
Fecha: 24/02/2021
Comentario:

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/331 de la Comisión, de 24 de febrero de 2021, relativo a la denuncia de los abusos cometidos por los intermediarios comerciales que prestan servicios de solicitud de autorización de viaje con arreglo al Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo.

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  • El Reglamento 2018/1240 establece el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV), aplicable a los nacionales de terceros países exentos de la obligación de estar en posesión de un visado a efectos de la entrada y estancia en el territorio de los Estados miembros.
  • Para obtener la autorización de viaje, la solicitud deberá ser presentada directamente por el solicitante, o por un tercero o un intermediario comercial autorizado por el solicitante para presentar la solicitud en su nombre.
  • En el contexto de sistemas de autorización de viajes comparables, se sabe que los intermediarios comerciales practican prácticas abusivas. Los abusos pueden adoptar muchas formas diferentes, entre ellas: intentar engañar a los solicitantes haciéndoles creer que su sitio web es el sitio web público o la aplicación para dispositivos móviles oficial para la presentación de solicitudes, creando así la falsa impresión de que el exceso cobrado por el intermediario comercial es una parte obligatoria del proceso de solicitud y no en concepto del uso voluntario de un servicio comercial; hacer un uso fraudulento de los datos personales o financieros facilitados por el solicitante; cobrar un precio injustificadamente elevado por su servicio o no presentar la solicitud en el plazo, formato y calidad requeridos en nombre del solicitante.
  •  A fin de detectar las prácticas abusivas y evitar que se repitan, debe ofrecerse un formulario en línea para la denuncia de los abusos cometidos por los intermediarios comerciales a través del sitio web público y de la aplicación para dispositivos móviles específicos. Con el fin de dar a conocer la posibilidad de denunciar los abusos y facilitar dicha denuncia, la información sobre el proceso que debe seguirse debe mostrarse de forma visible en el sitio web público y en la aplicación para dispositivos móviles. El formulario debe contener campos normalizados y solicitar a los usuarios que introduzcan los detalles de la conducta abusiva.
  • Artículo 6. Entrada en vigor. El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (Texto completo).

Normativa relacionada:

  • Reglamento 2018/1240. Establece un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV).

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