Tratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 03/07/2017
Comentario:

Flag of Vietnam.svgTratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, hecho en Madrid el 18 de septiembre de 2015

  • El presente Tratado entrará en vigor el 8 de julio de 2017, trigésimo día a partir de la fecha de recepción de la última de las notas diplomáticas intercambiadas informando del cumplimiento de los requisitos internos de cada una de las Partes, según se establece en su artículo 25.
  • España y Vietnam desean contar con un instrumento que refuerce la cooperación jurídica penal y que contribuya a luchar, de manera más eficaz, contra la delincuencia organizada y el terrorismo, así como el deseo de mejorar la coordinación y la asistencia recíproca. El Acuerdo establece el procedimiento, así como las modalidades de asistencia judicial.
  • Según el art. 1, este Tratado tiene por objeto regular la asistencia judicial mutua entre las autoridades competentes de ambas Partes en materia penal. Las Partes se comprometen a prestarse la asistencia judicial mutua más amplia posible para la prevención, investigación, persecución y enjuiciamiento de delitos y cualesquiera actividades dentro del orden jurisdiccional penal que sean competencia de las autoridades competentes de la Parte requirente en el momento en el que se solicite la asistencia. El Tratado no se aplica a la detención de personas con fines de extradición, ni a las solicitudes de extradición; a la ejecución de sentencias penales, incluido el traslado de personas condenadas; ni a la asistencia directa a particulares o a terceros Estados.
  • La suscripción del presente Tratado responde a los siguientes objetivos:
    - Establecer un instrumento de cooperación jurídica internacional en materia penal que facilite la prestación de asistencia judicial entre ambos países promoviendo así la seguridad jurídica en las relaciones mutuas.
    - Establecer, sobre una base de reciprocidad, un instrumento que regule dicha asistencia judicial.
  • Se prevé que cada parte designe a la correspondiente Autoridad Central, que será el Ministerio de Justicia, en el caso de España, y la Fiscalía Popular Suprema, en el de la República Socialista de Vietnam (Texto completo).

Tramitación en las Cortes Generales para su ratificación:

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