PNL sobre la creación de una Comisión no permanente que aborde de forma inmediata la reforma integral de la LO de Régimen Electoral General.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Trabajos parlamentarios
Fecha: 08/02/2016
Comentario:

Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la creación de una Comisión no permanente que aborde de forma inmediata la reforma integral de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.

 

El Grupo Parlamentario Ciudadanos, a instancia de su Portavoz, el Diputado don Antonio Roldán Monés, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la creación de una Comisión no permanente que aborde de forma inmediata la reforma integral de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General en garantía de los principios de igualdad en el valor del voto, rendición de cuentas, desbloqueo de listas electorales y fomento de la participación política, para su debate en el Pleno.
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En cuanto al fomento de la participación electoral resulta crucial en un momento en el que aumenta la desafección hacia la política, y ello exige allanar los obstáculos que impiden el efectivo ejercicio de los derechos fundamentales por parte de los ciudadanos, entre los que se encuentra el de participación en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal, tal como recoge el artículo 23.1 de nuestra Constitución. Por ello parece necesario estudiar los mecanismos que mejoren la participación de los colectivos con algún grado de discapacidad,estudiar también mecanismos de facilitación del voto como el voto electrónico o el voto anticipado, y muy especialmente el acceso al voto de los ciudadanos españoles residentes en el extranjero cuya participación en los comicios ha sufrido un importante descenso tras la reforma efectuada por la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modificó la LOREG, introduciendo el voto rogado de los españoles inscritos en el censo de electores residentes-ausentes. En este sentido no cabe olvidar que el artículo 68.5 de nuestra Constitución recoge la obligación del Estado de facilitar el derecho del voto de los españoles residentes fuera de España, obligación que con la modificación operada en el año 2011 no parece que se esté cumpliendo, por lo tanto se impone una modificación para eliminar el carácter rogado del voto de estos españoles...

Por todo ello el Congreso de los Diputados:

  • «1. AI amparo del artículo 53 de su Reglamento, y previos los trámites reglamentariamente previstos, manifiesta su voluntad de creación de forma inmediata de una Comisión Especial No Permanente para el estudio, debate y, en su caso, propuesta de reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
  • 2. Reforma que debe garantizar: la igualdad en el valor del voto de todos los españoles, la rendición de cuentas y cercanía entre electores y elegidos facilitando el desbloqueo de las listas electorales; la transparencia y procedimiento democrático en la selección de candidatos mediante procesos de elecciones primarias por parte de los partidos y coaliciones que concurran electoralmente; y el refuerzo de los mecanismos que garanticen el derecho fundamental a la participación en los asuntos públicos, removiendo los obstáculos de todo tipo que dificultan el ejercicio del voto, con especial consideración para la situación de los españoles residentes en el extranjero».

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