Convenio entre España y Mauritania sobre cooperación en materia de seguridad.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 26/05/2015
Comentario:

Flag of Mauritania.svgConvenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania sobre cooperación en materia de seguridad, hecho «ad referendum» en Madrid el 26 de mayo de 2015.

  • El presente Convenio entrará en vigor el 31 de mayo de 2018, último día del mes siguiente a la fecha en que las Partes se informaron mutuamente del cumplimiento de las formalidades requeridas a dichos efectos por sus respectivas legislaciones nacionales, según se establece en su artículo 14. (Texto completo).  Advertido error en la publicación del Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania sobre cooperación en materia de seguridad, hecho en Madrid el 26 de mayo de 2015, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 108, de fecha 4 de mayo de 2018, se procede a efectuar la oportuna rectificación (BOE, 15.05.2018).
  • El Acuerdo responde a la preocupación que comparten ambos países por el alcance de los fenómenos delincuenciales y por el reto que plantean a la seguridad el tráfico de personas, el tráfico de drogas, el terrorismo internacional, la delincuencia organizada y otras formas de delincuencia que amenazan la seguridad.
  • El terrorismo internacional es una de las amenazas más graves que afronta la comunidad internacional y la lucha contra la delincuencia organizada es un objetivo prioritario para ambos países.
  • El Convenio establece un marco genérico de cooperación en materia de seguridad y lucha contra la delincuencia, especialmente en sus formas organizadas. Tiene como finalidad fortalecer y reforzar la cooperación policial entre ambos países, así como prevenir y poner freno al terrorismo mediante la colaboración mutua.
  • La colaboración se prestará respetando las respectivas legislaciones nacionales y los compromisos internacionales vinculantes para ambos, y su desarrollo se efectuará en base a principios de igualdad, reciprocidad y asistencia mutua.

Áreas afectadas por el Convenio

El objetivo principal de este Convenio es reforzar las relaciones entre ambos Estados, contribuyendo al incremento de la cooperación en materia de seguridad, en la lucha contra la delincuencia, especialmente en sus formas organizadas, así como en las siguientes áreas:

  • 1. Fortalecimiento institucional para la eficacia en la gestión y la integridad de las instituciones públicas, mediante la mejora de las capacidades de los servicios mauritanos en materia de vigilancia de fronteras y de seguridad de sus infraestructuras.
  • 2. Lucha contra el terrorismo, mediante el intercambio de información y la asistencia técnica y operativa.
  • 3. Lucha contra el cultivo, extracción, producción, importación y exportación, tráfico y comercio ilegal de drogas, sustancias psicotrópicas y sus precursores mediante el intercambio de información y colaboración a través de las entregas controladas de estas sustancias.
  • 4. Lucha contra la ciberdelincuencia y las nuevas formas de criminalidad.
  • 5. Lucha contra la inmigración irregular y el conjunto de formas de trata de seres humanos.
  • 6. Lucha contra delitos económicos, financieros y fiscales, contra la corrupción y contra el blanqueo de dinero de origen criminal.
  • 7. Seguridad pública general.
  • 8. Protección civil para asistencia a las personas en caso de desastres naturales o accidentes industriales y tecnológicos, mediante la protección y salvaguarda de las personas, bienes y medio ambiente en caso de grandes catástrofes naturales o tecnológicas; el suministro a los servicios de rescate de material y equipos modernos; y la creación e implementación de sistemas de alerta temprana y de centros de recepción y tratamiento de la información para el seguimiento y gestión de emergencias.
  • 9. Lucha contra los delitos contra la vida y la integridad de las personas.
  • 10. Lucha contra la detención ilegal y el secuestro.
  • 11. Lucha contra la falsificación (impresión y alteración) y distribución fraudulenta de moneda, medio de pago, cheques y valores.
  • 12. Lucha contra el comercio ilegal de armas, munición, explosivos, materias primas de carácter estratégico (material nuclear y radioactivo) y otras sustancias peligrosas, así como de productos y tecnologías de doble uso, mediante el intercambio de información y asistencia para el traslado de estas sustancias.
  • 13. Lucha contra las formas organizadas de delincuencia contra las personas, especialmente las que afectan a los menores, así como la impresión, divulgación y suministro de material pornográfico en el que participen menores.
  • 14. Lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales de valor histórico y de obras de arte.

Trabajos previos a su publicación:

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Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León