Decisión (UE) 2018/753 por la que se confirma la participación de Irlanda en la Directiva 2013/33/UE sobre normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Decisiones
Fecha: 22/05/2018
Comentario:

 

Decisión (UE) 2018/753 de la Comisión, de 22 de mayo de 2018, por la que se confirma la participación de Irlanda en la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional

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  • Visto el Protocolo n.o 21 sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 4,
  • Vista la notificación por Irlanda acerca de su deseo de participar en la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, y de estar vinculada por ella,

Considerando lo siguiente:

  • (1) La Directiva 2013/33/UE fue adoptada el 26 de junio de 2013. Los Estados miembros disponían de un plazo de hasta el 20 de julio de 2015 para poner en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva.
  • (2) Mediante carta de 24 de enero de 2018, Irlanda notificó su deseo de participar en la Directiva 2013/33/UE y de estar vinculada por ella.
  • (3) El 20 de febrero, el 4 de abril y el 9 de abril de 2018, Irlanda remitió a la Comisión un proyecto de legislación por la que incorpora la Directiva 2013/33/UE al ordenamiento jurídico nacional. La ultimación de dicho proyecto legislativo está en curso.
  • (4) Puesto que se cumplen las condiciones de participación de Irlanda en la Directiva 2013/33/UE, esta participación debe ser confirmada, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 331, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
  • (5) Hacen falta disposiciones transitorias para permitir a Irlanda completar el procedimiento de puesta en vigor de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2013/33/UE. Puesto que Irlanda ya está en una fase avanzada de preparación de los proyectos de las disposiciones de transposición de dicha Directiva a la legislación nacional con miras a su adopción, se considera razonable exigir a Irlanda que complete el procedimiento a más tardar el 30 de junio de 2018.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

  • Artículo 1. 1. La participación de Irlanda en la Directiva 2013/33/UE está confirmada. 2. La Directiva 2013/33/UE se aplicará a Irlanda de conformidad con la presente Decisión a partir del 24 de mayo de 2018.
  • Artículo 2. Irlanda adoptará las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2013/33/UE a más tardar el 30 de junio de 2018. Irlanda comunicará inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones. Estas harán referencia a la Directiva 2013/33/UE o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Irlanda establecerá las modalidades de la mencionada referencia.
  • Artículo 3. La presente Decisión entrará en vigor el 24 de mayo de 2018 (Texto completo). 

Otros textos publicados el mismo día en el DOUE:

  • Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/679, general de protección de datos.
  • Corrección de errores de la Directiva (UE) 2016/680 protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos.
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