Directiva 2011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Directivas
Fecha: 25/10/2011
Comentario:

Directiva 2011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.

  • Artículo 1. Objeto. La presente Directiva tiene por objeto garantizar un elevado nivel de protección para todos los usuarios de la vía pública en la Unión, al facilitar el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial y la consiguiente aplicación de sanciones, cuando dichas infracciones se cometan con un vehículo matriculado en un Estado miembro distinto de aquel en que se cometió la infracción.
  • Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente Directiva se aplicará a las siguientes infracciones de tráfico en materia de seguridad vial:   exceso de velocidad; no utilización del cinturón de seguridad; no detención ante un semáforo en rojo; conducción en estado de embriaguez; conducción bajo los efectos de drogas; no utilización del casco de protección; circulación por un carril prohibido; utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.
  • Texto completo.
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