Directiva 2011/98/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Directivas
Fecha: 13/12/2011
Comentario:

Directiva 2011/98/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.

  • Fecha crítica de transposición: Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 25 de diciembre de 2013. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones.
  • Objeto: La presente Directiva establece: a) un procedimiento único de solicitud para la expedición de un permiso único que autorice a los nacionales de terceros países a residir con el fin de trabajar en el territorio de un Estado miembro, a fin de simplificar los procedimientos de admisión de estas personas y de facilitar el control de su estatuto, y b) un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro, con independencia de los fines de su admisión inicial en el territorio de dicho Estado miembro, basado en la igualdad de trato con los nacionales de dicho Estado miembro.
  • Quedan excluídos de su ámbito personal de aplicación: los trabajadores desplazados el marco de una prestación de servicios (Directiva 96/71/CE), los nacionales de terceros países con estatuto europeo de residentes de larga duración (Directiva 2003/109/CE) y los trabajadores temporeros por razón de su estatuto temporal (Propuesta de Directiva).
  • El formato del permiso único deberá ajustarse a la normativa establecida en el Reglamento (CE) núm. 1030/2002.
  • Texto completo.

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