Convenio entre España y Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 12/09/2006
Comentario:

Flag of Mauritania.svg Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006.

  • El Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006, entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de la última notificación de cumplimiento de las formalidades constitucionales en cada uno de ambos Estados, según se establece en su artículo 21 (BOE,21.07.2025) Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, de 8 de noviembre de 2006 (Texto completo: 08.11.2006).

España ha ratificado convenios sobre traslado de personas condenadas, entre otros, con los siguientes países: 

Otros Convenios bilaterales que vinculan a España con Mauritaria:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León