Orden INT/28/2013 por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la DGP.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Ordenes ministeriales
Fecha: 18/01/2013
Comentario:

Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.

  • Artículo 9. Comisaría General de Extranjería y Fronteras.  Estará integrada por las siguientes Unidades: 1. Secretaría General.
    En su función de apoyo y asistencia, dirige, coordina y gestiona las funciones que le encomiende el titular de la Comisaría General; planifica y analiza las líneas generales de actuación; dirige y coordina las funciones relacionadas con la normativa y emisión de informes; gestiona los asuntos relativos al régimen de personal, medios técnicos y materiales así como los referidos a la tramitación y control de los procedimientos de extranjería; se responsabiliza de las bases de datos propias; gestiona el Registro Central de Extranjeros y, en coordinación con la Fiscalía General del Estado, el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados. El Secretario General es el segundo Jefe de la Comisaría General, sustituyendo al Comisario General en caso de ausencia, vacante o enfermedad. 2. Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales.
    Le corresponde la investigación de las actividades delictivas, de ámbitos nacional y transnacional, relacionadas con la trata de seres humanos, el tráfico de personas, la inmigración ilegal y las falsedades documentales en esta materia, así como de los delitos conexos a aquéllos; realiza la coordinación operativa y apoyo técnico de las Brigadas y Unidades territoriales; la captación, análisis, explotación, seguimiento, difusión e intercambio, tanto a organismos nacionales como internacionales, de información relativa a la inmigración irregular, tráfico de seres humanos y de cualquier otro aspecto relacionado con la extranjería y tráfico de personas; y las funciones de inteligencia y planificación de la información de carácter policial en materia de extranjería. Funciona como Oficina Central Nacional a este respecto en relación con otros organismos o entidades que actualmente existen o que puedan establecerse. En esta Unidad se integran: a) La Brigada Central de Falsedades Documentales a la que le corresponden las funciones de investigación, detección e intervención de los documentos falsos en el área de la Comisaría General. Realiza y participa en las reuniones de los diferentes grupos de trabajo, comisiones y otros mecanismos de coordinación, tanto nacionales como internacionales, especialmente los de la Unión Europea, sobre técnicas e investigaciones referidas a la adopción de medidas de seguridad en documentos. Dirige la cooperación internacional en este ámbito así como la emisión de informes y alertas. b) Brigada Central contra Trata de Seres Humanos. Le competen las funciones relativas a la investigación y la lucha contra las redes y organizaciones delincuenciales dedicadas al tráfico de personas, a la inmigración ilegal, explotación laboral y tráfico ilícito de mano de obra, trata de seres humanos, o explotación en la prostitución, dirigiendo y coordinando la actuación que afecte a más de una brigada o unidad periférica policial territorial o que por su trascendencia lo requiera, así como colaborar con otras autoridades judiciales, fiscales, policiales o administrativas, nacionales o internacionales en dichas funciones, participando en los foros y grupos de trabajo que se establezcan en el seno de las diferentes instituciones de la Unión Europea y demás relaciones bilaterales o multilaterales de carácter internacional. 3. Unidad Central de Fronteras.  Realiza las funciones de gestión, coordinación y control, relativas a la entrada y salida de españoles y extranjeros del territorio nacional, y el régimen de fronteras, así como la coordinación, en los Puestos Fronterizos, de aquellas otras que la legislación vigente atribuye al Cuerpo Nacional de Policía, funcionando como Oficina Central Nacional a este respecto.
    De esta Unidad depende la Brigada de Respuesta a la Inmigración Clandestina, que se configura como una unidad operativa móvil de control de fronteras a la que le corresponden las funciones de refuerzo de unidades territoriales y puestos fronterizos que lo demanden para el control de vehículos y personas, lucha contra la inmigración ilegal y trata de seres humanos, apoyo en situaciones de crisis humanitarias, control de entrada y salida del territorio nacional y prevenir el orden público, la seguridad nacional, la salud pública y las relaciones internacionales.4. Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones. Se encarga de la dirección, coordinación, organización, control y ejecución de las expulsiones, devoluciones y repatriaciones de menores, así como el control y coordinación de los centros de internamiento de extranjeros. Igualmente, efectúa las gestiones tendentes a la determinación de la nacionalidad de procedencia de los ciudadanos extranjeros indocumentados y coordina el cauce de información con los establecimientos penitenciarios referente a la excarcelación de extranjeros.5. Centro Nacional de Inmigración y Fronteras.
    Con funciones de elaboración, canalización y seguimiento de la aplicación de la normativa de la Unión Europea e Internacional, en materias propias de la Comisaría General -extranjería, fronteras e inmigración-, para cuyo cumplimiento actúa como Oficina Central Nacional. Igualmente, le corresponde la elaboración de informes especializados solicitados por distintos órganos nacionales e internacionales, en particular de la Unión Europea, además de los derivados de las relaciones bilaterales y multilaterales, en materia de extranjería y fronteras, así como la coordinación estratégica y su impacto operativo. A este efecto, coordinará los Puntos de Contacto Nacionales integrados en la Comisaría General de Extranjería y Fronteras para el intercambio de información y cooperación técnica y operativa en el ámbito de la inmigración y de la gestión integral de las fronteras, con las Instituciones de la Unión Europea, Estados miembros, países terceros, la Agencia Europea de Fronteras (FRONTEX) y otros organismos de cooperación, especialmente sobre flujos migratorios, inmigración irregular y cruce ilegal de las fronteras, prestando, en su caso, apoyo en las fronteras exteriores, coordinando las actuaciones que sean necesarias desde el punto de vista operativo, material, técnico, logístico u organizativo, para el correcto desempeño de sus cometidos.
  • Artículo 22. Puestos Fronterizos.Son los pasos o lugares físicos habilitados de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros. La Unidad Policial de los Puestos Fronterizos realizará las funciones de control policial, de carácter fijo y móvil, de entrada y salida de personas del territorio nacional, así como la seguridad interior de los aeropuertos cuando tuvieran su sede en los mismos. Tienen también la consideración de Puestos Fronterizos aquellos puertos, aeropuertos y pasos terrestres que estén reconocidos, o puedan serlo en el futuro, como frontera exterior Schengen. Cuando las localidades en las que se encuentren los Puestos Fronterizos cuenten con Comisarías de Policía, estarán integrados en la estructura orgánica de ésta. En los demás casos, formarán parte de la estructura de la respectiva Jefatura Superior de Policía o Comisaría Provincial.
    Existirán en las localidades reflejadas en el Anexo VI de esta Orden (Texto completo) (pdf).Se crea nueva Unidad de Extranjería y Documentación en Castro-Urdiales (Cantabria) en virtud de la Orden INT/273/2014 (Vid. Nuevo Anexo VI de esta Orden (BOE, 28.02.2014) (Texto consolidado).

Esta Orden ha sido modificada por las siguientes disposiciones:

  • Orden INT/1472/2014Crea dos nuevas Unidades de Extranjería. En el anexo VI de la Orden INT/28/2013, se incluirán la Unidad de Extranjería y Documentación de Torrevieja (Alicante) y la Unidad de Extranjería y Documentación de Vilafranca del Penedés (Barcelona).
  • Orden INT/2088/2014Crea nueva Unidad de Extranjería en Collado-Villalba).
  • Orden INT/504/2015. Crea dos nuevas Unidades de Extranjería y Documentación: en Tarancón Cuenca) y Lalín (Pontevedra). 
  • Orden INT/2251/2015. Cambio en el anexo VI de la Orden INT/28/2013, en el que se relacionan las Unidades de Extranjería y Documentación, se incluirá la Unidad de Extranjería y Documentación de Fraga (Huesca), cuyo órgano de adscripción será la Comisaría Provincial de Huesca.  
  • Orden INT/1151/2016. Crea nuevas Unidades de Extranjería y Documentación en las localidades de Alcañiz (Teruel), Roquetas de Mar (Almería), Tuineje (Las Palmas), Vinaroz (Castellón) y Zafra (Badajoz).

Normativa relacionada:

  • Ley Orgánica 2/1986. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • RD 1553/2005. Regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica, modificado por los Reales Decretos 1586/2009, de 16 de octubre, y 869/2013, de 8 de noviembre, incorpora el DNI electrónico que, además de cumplir las mismas funciones que el documento tradicional en cuanto a la acreditación de la identidad personal por medios físicos, introduce la funcionalidad electrónica mediante los certificados de autenticación y firma electrónica. Este real decreto establece como principio esencial el facilitar a los ciudadanos la obtención del documento nacional de identidad, adoptando las medidas oportunas para el fomento de la cooperación de los distintos órganos de las administraciones públicas con la Dirección General de la Policía.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León