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Orden INT/96/2026, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Ordenes ministeriales
Fecha:
17/02/2026
Comentario:
Orden INT/96/2026, de 12 de febrero, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal.
- El 4 de marzo de 2022, el Consejo adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382, por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, y con el efecto de que se inicie la protección temporal. De conformidad con la Directiva, la protección temporal se aplicó durante un período inicial de un año, hasta el 4 de marzo de 2023, y con posterioridad se prorrogó automáticamente por un año más, hasta el 4 de marzo de 2024.
- Por persistir los motivos que dieron origen a su concesión, la protección temporal fue prorrogada hasta el 4 de marzo de 2025, mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2409 del Consejo, de 19 de octubre de 2023, por la que se prorroga la protección temporal introducida por la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382, de 4 de marzo de 2022.
- El año siguiente, por la misma razón, la protección temporal fue prorrogada hasta el 4 de marzo de 2026, mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2024/1836 del Consejo, de 25 de junio de 2024, por la que se prorroga la protección temporal introducida por la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382.
- Dado que no es probable que el elevado número de personas desplazadas en la Unión que se benefician de protección temporal disminuya mientras continúe la guerra contra Ucrania, nuevamente, mediante Decisión de Ejecución (UE) 2025/1460 del Consejo, de 15 de julio de 2025, por la que se prorroga la protección temporal introducida por la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382, se acuerda prorrogar la protección temporal concedida a las personas desplazadas procedentes de Ucrania, por un nuevo periodo de un año, hasta el 4 de marzo de 2027.
(…)
Esta decisión no afecta a la obligación de entregar su tarjeta que tienen las personas que han renunciado a la protección temporal.
(…) - Artículo único. Prórroga de la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal. 1. Se prorroga hasta el 4 de marzo de 2027 la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal en España. 2. No será necesaria la obtención de una nueva tarjeta de identidad de extranjero a efectos de cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 209 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre. 3. Lo acordado en esta orden se comunicará a las Instituciones de la Unión Europea con el fin de que dicha prórroga sea conocida por los demás Estados miembros.
- Disposición final única. Efectos. Esta orden surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (Texto completo: BOE, 17.02.2026).
Normativa anterior vinculada:
Noticia relacionada:
- El Gobierno prórroga un año más, hasta marzo de 2027, las tarjetas de extranjeros para ucranianos. Madrid © Europa Press.es.






