Proposición de Ley por la que se reforma la Ley 20/2011, del Registro Civil.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Trabajos parlamentarios
Fecha: 07/11/2022
Comentario:

 

Proposición de Ley por la que se reforma la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Remitida por el Senado.

  • Artículo único. Se añade el artículo 82 bis de la Ley del Registro Civil, el cual expresará lo siguiente: Artículo 82 bis. Certificaciones especiales. Las certificaciones, en extracto o literales, de nacimiento o defunción se presumirán vigentes de forma permanente, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran acaecer por discordancias entre el contenido de las mismas y la inscripción registral, siempre que dichas discordancias no pudieran atribuirse al propio Registro Civil
  • Disposición derogatoria 1ª. Cláusula general de derogación. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a la presente Ley.
  • Disposición final. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Fuente: BOCG. Congreso de los Diputados.

Normativa modificada:

Normativa a la que complementa:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León