Resolución de 5 de abril se 2011, de la Dirección General de Inmigración, por la que se revocan las competencias que habían sido delegadas en el Subdirector General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios y por la que se delegan esas mismas competencias en el Subdirector General de Modernización de la Gestión.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Resoluciones
Fecha: 05/04/2011
Comentario:

Resolución de 5 de abril se 2011, de la Dirección General de Inmigración, por la que se revocan las competencias que habían sido delegadas en el Subdirector General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios y por la que se delegan esas mismas competencias en el Subdirector General de Modernización de la Gestión. 

Artículo 1. Revocación de delegaciones en el Subdirector General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios. Revocar en su totalidad las siguientes competencias delegadas por la persona titular de la Dirección General de Inmigración en el Subdirector General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios, según lo dispuesto en el artículo 38 de la Orden TIN/1965/2009, de 17 de julio: 

  • a) La concesión de autorizaciones de trabajo cuando las solicitudes sean presentadas por empresas que pretendan contratar trabajadores estables y que, teniendo diversos centros de trabajo en varias provincias, cuenten con una plantilla superior a 500 trabajadores. Así como, la valoración de las ofertas genéricas presentadas por grandes empresas u organizaciones empresariales al amparo del contingente anual de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario, en los supuestos que se determinen en los Acuerdos de Consejo de Ministros que los apruebe y, en su caso, la concesión de las autorizaciones de trabajo correspondientes a los trabajadores seleccionados.
  • b) La modificación de las autorizaciones de trabajo previstas en el artículo 99 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, así como la modificación del ámbito territorial o del sector de actividad autorizados a los titulares de un visado para búsqueda de empleo, en los términos establecidos en el artículo 83 del Reglamento citado.
  • c) La concesión de autorizaciones de trabajo a trabajadores de duración determinada previstas en el artículo 55, apartados a) y b), del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, cuando el número de puestos supere la cifra que se determine en el Acuerdo de Consejo de Ministros que aprueba el contingente anual de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario.
  • d) La concesión de autorizaciones tramitadas conforme a las previsiones contenidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 16 de febrero de 2007, por el que se aprueban las Instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la entrada, residencia y trabajo en España, de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o relativas a la realización de trabajos de investigación y desarrollo, o docentes, que requieran alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés cultural

Artículo 2. Delegaciones en el Subdirector General de Modernización de la Gestión. Delegar en su totalidad las competencias citadas en el apartado anterior, en el Subdirector General de Modernización de la Gestión.
Artículo 3. Ejercicio de las competencias delegadas. De conformidad con el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de estas competencias delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
Disposición final única. Entrada en vigor de la Resolución. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (21.04.2011).

Normativa relacionada:

Información sobre la contratación por grandes Empresas:

La Unidad de Grandes Empresas se ubica en la Plaza de la Remonta, n. º 12, 3. ª planta (tiene también entrada por Pasaje de la Remonta, n. º 6 y C/ Bravo Murillo, 327). 

Sólo para empresas y empleadores:

  • El horario de atención al público, sin cita previa, es de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
  • Teléfonos de contacto: 91 363 32 75 y 91 363 32 67
  • Correo electrónico: unidadgrandesempresas@mtin.es

Desde el 1 de abril de 2011, se establece la posibilidad de concertar cita previa, de forma presencial, en los teléfonos: 91 3633258/59 (de 9 a 14 horas) y en el correo electrónico: unidadgrandesempresas@mtin.es . Es aconsejable solicitar cita previa, sobre todo, cuando se presentan 5 solicitudes o más. Para ello, es preciso, de modo previo, cumplimentar y enviar vía e-mail a la Unidad de Grandes Empresas un formulario con algunos datos de las solicitudes.

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