Real Decreto 1960/2009, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero.

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 18/12/2009
Comentario:

Real Decreto 1960/2009, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero.

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  • Los Consejos de Residentes Españoles en el Extranjero son órganos asesores de las oficinas consulares de España, elegidos por sufragio universal entre los españoles residentes en su demarcación consular. Su creación data de 1987, aunque son herederos de las Juntas Consulares de Emigración creadas en 1888. Hasta la promulgación de la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, de la Ciudadanía española en el exterior,  no tuvieron reconocimiento legal, sino meramente reglamentario.
    Principales líneas de la reforma
    La principal novedad consiste en trasladar las elecciones a estos Consejos de todo el mundo al mismo período, tres meses antes del fin del mandato del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior. Con esta concentración de elecciones se persigue un doble propósito:
  • a) dotar de continuidad al grupo de consejeros generales del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior en representación de los Consejos durante cada mandato de este órgano.
  • b) crear una dinámica electoral que atraiga más atención a los procesos electorales de los Consejos,, con la esperanza de que contribuya a aumentar los niveles de participación, actualmente bajos.
  • Para adecuar las normas de las elecciones de los Consejos de Residentes Españoles en el Exterior a lo dispuesto en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, de 2007, se establece un porcentaje mínimo del 40 por 100 de cada sexo en las candidaturas.
    Las diferencias en el tamaño y composición de las actuales comunidades españolas en el extranjero con relación al año 1987 en que se regularon por primera vez los Consejos ha hecho aconsejable ampliar el tamaño mínimo de la colonia en una circunscripción consular para constituir un Consejo de Españoles Residentes en el Exterior: de setecientos inscritos se pasa a mil doscientos. No obstante, el Real Decreto prevé que los Consejos que ya estén constituidos en demarcaciones con menos de mil doscientos inscritos continuarán funcionando y se renovarán periódicamente mientras mantengan la continuidad de su existencia (Texto completo).

Noticia relacionada:

Normativa básica reguladora de los Derechos de la ciudadanía española en el exterior:

  • Ley 40/2006. De la ciudadanía española en el Exterior.
  • RD 230/2008. Regula el Consejo general de la Ciudadanía española en el exterior.
  • Orden AEC/2172/2010. Regulan la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de residentes españoles en el exterior.

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