RD /2025, de traspaso de funciones y servicios al País Vasco en materia de ejecución de autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras

Tipo de Legislación: Estatal
Tipo de Acto: Reales decretos
Fecha: 17/06/2025
Comentario:

Real Decreto /2025, de 17 de junio de 2025, de traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación laboral del Estado sobre autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras cuya relación laboral se desarrolle en el País Vasco.

  • El traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del día 1 de julio de 2025.
  • El RD supone que la Comunidad Autónoma del País Vasco incrementará en 129.629,14 € el cupo. Adicionalmente, se transfiere a la Comunidad Autónoma, por una sola vez y sin integrarse en el coste total anual a nivel estatal, la cantidad de 51.294,72 €.
  • Como medios personales afectos a las funciones y servicios, se traspasan cuatro puestos de trabajo vacantes de personal funcionario: dos en Vizcaya, uno en Álava y uno en Guipúzcoa.
  • Servicios transpasados:
  • Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras cuya relación laboral se desarrolle en el País Vasco. 
  • Autorizaciones de trabajo para actividad de temporada de las personas extranjeras a desarrollar en el País Vasco.
  • Gestión colectiva de contrataciones en origen, en lo que se refiere a trámites de carácter laboral, de conformidad con la normativa estatal aplicable.
  • Verificación, mediante la emisión del correspondiente informe, del cumplimiento de los requisitos del contrato o contratos de trabajo para obtener el arraigo sociolaboral.
  • Verificación, mediante la emisión del correspondiente informe, de la validez de las formaciones y enseñanzas requeridas para obtener el arraigo socioformativo.
    Servicios que continuarán en la AGE
    La legislación aplicable en materia de autorizaciones de trabajo a los extranjeros. 
  • La negociación y celebración de instrumentos internacionales y la representación internacional del Estado.
  • La decisión sobre la orientación de las ofertas a determinados países y la relación con las autoridades de éstos en la gestión colectiva de contrataciones en origen. 
  • Las autorizaciones de residencia y trabajo que no constituyen el objeto de este traspaso. 
  • El establecimiento de los formatos y estándares comunes en la gestión electrónica de los procedimientos.
  • Además, el RD prevé fórmulas de colaboración tales como el uso de aplicaciones informáticas, el intercambio de información, la suscripción de convenios y acuerdos y la Comisión de Seguimiento, que se constituye con carácter permanente por seis miembros a los efectos de llevar a cabo las relaciones de cooperación necesarias para garantizar la correcta efectividad del traspaso.
  • El RD supone que la Comunidad Autónoma del País Vasco incrementará en 129.629,14 € el cupo. Adicionalmente, se transfiere a la Comunidad Autónoma, por una sola vez y sin integrarse en el coste total anual a nivel estatal, la cantidad de 51.294,72 €.
  • Como medios personales afectos a las funciones y servicios, se traspasan cuatro puestos de trabajo vacantes de personal funcionario: dos en Vizcaya, uno en Álava y uno en Guipúzcoa.

Fuente: © Moncloa.es. Consejo de Ministros (17.06.2025).

Otros acuerdos adoptados en la misma sesión del Ejecutivo español:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León