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Resolución de la Subsecretaria de 29 de junio de 2024, publica el Convenio para la instalación de equipamiento de control fronterizo en los puertos españoles.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Resoluciones
Fecha:
29/06/2024
Comentario:
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Puertos del Estado, para la instalación de equipamiento de control fronterizo en los puertos españoles de titularidad estatal en el marco del sistema europeo de entradas y salidas y el sistema europeo de información y autorización de viajes.
- Primera. Objeto. El objeto del convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Puertos del Estado es la instalación de equipamiento de control fronterizo en los puertos españoles de titularidad estatal en el marco del Sistema Europeo de Entradas y Salidas (EES) y el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS). Mediante el presente convenio se podrán establecer los mecanismos de colaboración entre las partes firmantes para garantizar lo siguiente: – La debida implantación de lo establecido en el Reglamento (UE) 2017/2226 que regula el Sistema Europeo de Entradas y Salidas (EES) como sistema de control de personas para el cruce de las fronteras europeas. A estos efectos se fijan las condiciones, usos y procedimientos que deben cumplir la adquisición, instalación y mantenimiento de los equipos de control fronterizo operados por la Dirección General de la Policía en los espacios portuarios gestionados por las Autoridades Portuarias de titularidad estatal. – La implementación de lo estipulado por el Reglamento (UE) 2018/1240, de 12 de septiembre de 2018 que prevé un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) para los nacionales de terceros países exentos de la obligación de visado para cruzar las fronteras. – La regulación del reparto de la financiación obtenida con fondos europeos, y su aplicación a las inversiones que se deban realizar en los puertos gestionados por las Autoridades Portuarias para EES, así como a los gastos de explotación y mantenimiento durante 3 años. Todo ello de conformidad con lo previsto en el ANEXO IV de este convenio (Texto completo: BOE, 5.07.2024).
Modificaciones de dicha resolución:
- RS 06.11.2025. Publica la Adenda de modificación al Convenio para la instalación de equipamiento de control fronterizo en los puertos españoles de titularidad estatal en el marco del sistema europeo de entradas y salidas y el sistema europeo de información y autorización de viajes.






