Reglamento (UE) núm. 259/2014 que modifica el Reglamento (CE) núm. 539/2001 del Consejo, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos o no a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Reglamentos
Fecha: 03/04/2014
Comentario:

Reglamento (UE) núm. 259/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, que modifica el Reglamento (CE) núm. 539/2001 del Consejo, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación. 

  • Artículo 1. El Reglamento (CE) núm. 539/2001 queda modificado como sigue: 1) En el anexo I, parte 1, se suprime la referencia a Moldavia.
    2) En el anexo II, parte 1, se inserta la referencia siguiente: Moldavia. La exención de visado solo se aplicará a los titulares de pasaportes biométricos expedidos de conformidad con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)» (Texto completo).
  • Resumen: Mediante este Reglamento se desplaza a Moldavia en el Reglamento 539/2001, de manera que sus nacionales pasan de exigírseles un visado para entrar en territorio de la UE (Anexo I) a no exigírseles visado para estancias no superiores a 90 días (Anexo II).

Trabajos doctrinales:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León