Tratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 03/04/2017
Comentario:

Flag of Vietnam.svgTratado sobre traslado de personas condenadas entre el Reino de España y la República Socialista de Vietnam, hecho en Madrid el 1 de octubre de 2014.

  • El presente Tratado entrará en vigor el 1 de mayo de 2017, el primer día del segundo mes siguiente al canje de instrumentos de ratificación, según se establece en su artículo 18 (Texto completo).
  • Este Tratado incrementa la cooperación en el ámbito del traslado de personas condenadas a penas privativas de libertad. Con ello se favorece la integración y se combate el desarraigo social producido por el internamiento en un país distinto al de origen.
  • El Tratado recoge las condiciones y requisitos para la solicitud y ejecución del traslado: consentimiento del condenado, principio de doble incriminación y requisitos formales de la solicitud. Asimismo, establece los derechos de información y las peculiaridades en la ejecución del traslado y de la condena con carácter general, manteniendo los principios de "non bis in idem" y de información al Estado de condena.
  • Por tanto, este Tratado reforzará las relaciones entre ambos Estados. La suscripción de este Tratado responde a los siguientes objetivos: Establecer un instrumento de cooperación jurídica internacional. Facilitar el cumplimiento, en el país de la nacionalidad del condenado, de las penas privativas de libertad impuestas en el extranjero. Combatir el desarraigo social producido por el internamiento en un país distinto al de origen. Favorecer la integración.
  • Este Tratado se aplicará a nacionales españoles condenados y cumpliendo pena en la República Socialista de Vietnam, así como a los nacionales vietnamitas condenados y cumpliendo pena en España.

Trabajos parlamentarios para su ratificación:

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