La posesión de la tarjeta de residencia permanente exime del deber de obtener visado para entrar en el territorio de los EM.

Fecha: 23/07/2020
Comentario:

La posesión de la tarjeta de residencia permanente exime del deber de obtener visado para entrar en el territorio de los Estados miembros. El TJUE interpreta además que es indiferente que la tarjeta haya sido expedida por un Estado miembro que no forma parte del espacio Schengen, y que su obtención constituye prueba suficiente de que su titular reúne la condición de familiar de un ciudadano de la Unión, de forma que el interesado tiene derecho, sin necesidad de ninguna comprobación o certificación adicional, a entrar en el territorio de otro Estado miembro. © Diario La Ley, núm. 9680, Sección La Sentencia del día, 23 de Julio de 2020, Wolters Kluwer.

Jurisprudencia comentada:

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