No procede la expulsión del extranjero cuando los delitos cometidos en concurso medial tienen asignada, cada uno, una pena abstracta inferior a un año.

Fecha: 28/10/2020
Comentario:

No procede la expulsión del extranjero cuando los delitos cometidos en concurso medial tienen asignada, cada uno, una pena abstracta inferior a un año. Aunque la concreta pena impuesta ha sido de 1 año y 10 meses, los dos delitos por los que ha sido condenado el interesado en relación de concurso medial tienen ambos respectivamente asignada una pena abstracta de 6 meses a un año y, por tanto, ninguno de estos delitos permite, aisladamente considerados, la aplicación del art. 57.2 LOEx. Diario La Ley, núm. 9725, Sección Jurisprudencia, 28 de octubre de 2020. 

Jurisprudencia analizada:

  • STS 16.07.2020. No procede la expulsión del extranjero cuando los delitos cometidos en concurso medial tienen asignada, cada uno, una pena abstracta inferior a un año.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León