Hoy, 1 de agosto de 2022 entra en vigor el Reglamento (UE) 2019/1111.

Fecha: 01/08/2022
Comentario:

 

Hoy, 1 de agosto de 2022, comienza a aplicarse un nuevo Reglamento en materia matrimonial, responsabilidad parental y sustracción internacional de menores.

  • El Reglamento (UE) 1111/2019, de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustracción internacional de menores, de acuerdo con lo establecido en su artículo 104 será aplicable a los procedimientos incoados, a los documentos públicos formalizados o registrados y a los acuerdos registrados el 1 de agosto de 2022 o después de esa fecha.
  • En el mismo precepto tambien se señala que queda derogado el Reglamento 2201/2003 y las referencias a él se entenderán hechas al nuevo Reglamento y deberán interpretarse según la tabla de correspondencias del anexo X de este último. Aun así, el Reglamento 2201/2003 seguirá aplicándose a las resoluciones dictadas en procedimientos ya incoados, a los documentos públicos formalizados o registrados y a los acuerdos que hayan adquirido fuerza ejecutiva en el Estado miembro en el que hayan sido celebrados antes del 1 de agosto de 2022 y que entren dentro del ámbito de aplicación de dicho Reglamento.

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