Paquete de procedimientos de infracción correspondiente al mes de octubre: principales decisiones.

Fecha: 04/10/2017
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Paquete de procedimientos de infracción correspondiente al mes de octubre: principales decisiones.

Desglose por ámbitos de actuación.  
En su paquete mensual de decisiones sobre procedimientos de infracción, la Comisión Europea («la Comisión») ha emprendido acciones jurídicas contra diversos Estados miembros por no haber cumplido las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la UE. Estas decisiones, que abarcan varios sectores y ámbitos de actuación de la UE, pretenden garantizar la correcta aplicación del Derecho de la UE en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.
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  • Libre circulación de trabajadores: la Comisión lleva a CHEQUIA y LUXEMBURGO ante el Tribunal por no comunicar las medidas de trasposición del Derecho de la UE al ordenamiento jurídico nacional . La Comisión Europea lleva a Chequia y Luxemburgo ante el Tribunal de Justicia de la UE por no haber notificado la trasposición completa a su legislación nacional de la Directiva sobre medidas para facilitar el ejercicio de los derechos conferidos a los trabajadores en el contexto de la libre circulación (Directiva 2014/54/UE), más de un año después del plazo de trasposición. La libre circulación es una de las mayores ventajas del mercado único. Según el último Eurobarómetro, más de ocho de cada diez europeos apoyan la «libre circulación de los ciudadanos de la UE, que pueden vivir, trabajar, estudiar y hacer negocios en cualquier lugar de la UE». Pero la libre circulación debe tener lugar de forma justa. Por lo tanto, esta Comisión está adoptando medidas para evitar el dumping social, dando a las autoridades nacionales las herramientas para luchar contra los abusos y el fraude. Al mismo tiempo, los derechos de los trabajadores deben ser protegidos también cuando trabajan en el extranjero. Las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva tenían que entrar en vigor el 21 de mayo de 2016, a más tardar, y la Comisión debía ser informada inmediatamente. Aunque la Comisión envió sendas cartas de emplazamiento y sendos dictámenes motivados pidiendo a Chequia y Luxemburgo que notificaran el pleno cumplimiento de la Directiva, Luxemburgo ha notificado medidas que trasponen solo parcialmente al Derecho nacional la Directiva 2014/54/UE, y Chequia no ha comunicado aún ninguna medida de trasposición de la Directiva. Por consiguiente, sobre la base del procedimiento establecido en el artículo 260, apartado 3, del TFUE, la Comisión solicitará al Tribunal de Justicia que imponga una multa diaria de 33 510,4 EUR a Chequia y de 6 528 EUR a Luxemburgo hasta la plena trasposición de la Directiva a la legislación nacional. La Comisión considera prioritario perseguir a los Estados miembros que no comunican sus medidas de trasposición. Para más información, véase el comunicado de prensa completo.

 

  • La Comisión Europea avanza en el procedimiento de infracción contra HUNGRÍA en relación con la ley sobre las ONG. La Comisión ha enviado hoy a Hungría un dictamen motivado —segunda etapa en el procedimiento de infracción— en relación con su ley sobre las ONG con financiación extranjera. El dictamen motivado de la Comisión con respecto a la ley húngara sobre las ONG sigue a la carta de emplazamiento enviada por la Comisión el 14 de julio. La Comisión había decidido incoar un procedimiento judicial contra Hungría por no cumplir las obligaciones que le incumben en virtud de las disposiciones del Tratado relativas a la libre circulación de capitales, dado que determinadas disposiciones de la ley sobre las ONG discriminan indirectamente y restringen de manera desproporcionada las donaciones que se hacen desde el extranjero a las organizaciones de la sociedad civil. Además de estas cuestiones preocupantes, la Comisión considera que Hungría viola el derecho a la libertad de asociación y el derecho a la protección de la vida privada y de los datos personales, consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que debe leerse en relación con las disposiciones del Tratado de la UE. Hungría respondió a la carta de emplazamiento de la Comisión el 14 de agosto. Tras haber analizado detenidamente las explicaciones dadas por Hungría, la Comisión concluye que no se han resuelto las serias dudas que se le plantean. Hungría tiene ahora un mes para adoptar las medidas necesarias a fin de atenerse al dictamen motivado. Si Hungría no da una respuesta satisfactoria al dictamen motivado, la Comisión puede remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la UE. Para más información, véase el comunicado de prensa completo.
  • La Comisión pide a IRLANDA que trasponga la Directiva de la UE sobre los derechos de las víctimas. La Comisión insta a Irlanda a que trasponga la Directiva de la UE por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos (Directiva 2012/29/UE, sobre los derechos de las víctimas). Esta Directiva otorga a las víctimas de delitos unos derechos claros para acceder a la información, participar en el proceso penal y recibir apoyo y protección de acuerdo con sus necesidades individuales. Establece que todas las víctimas de delitos y los miembros de sus familias han de ser reconocidos y tratados de manera respetuosa, sensible y profesional. Además, la Directiva garantiza que se reconozca a las víctimas vulnerables, como son las víctimas de violación, terrorismo, delitos motivados por el odio u otras víctimas que son más vulnerables por el riesgo de sufrir un daño adicional. En tal caso, deben aplicarse medidas de protección especiales que las protejan durante el proceso y contra cualquier posible amenaza del delincuente. Se presta especial atención a la protección de los menores. Las normas de la UE se aplican a todas las víctimas de la delincuencia en la UE, independientemente de su nacionalidad. La Directiva sobre los derechos de las víctimas tenía que incorporarse al Derecho nacional el 16 de noviembre de 2015, a más tardar. Hasta el día de hoy, Irlanda aún no ha notificado a la Comisión Europea ninguna norma nacional que trasponga este acto legislativo de la UE. En consecuencia, la Comisión pide a las autoridades irlandesas que tomen medidas, y ha decidido enviarles un dictamen motivado. Si las autoridades irlandesas no actúan en el plazo de dos meses, el asunto puede remitirse al Tribunal de Justicia de la UE.

 

  • Seguridad: la Comisión insta a GRECIA a que trasponga plenamente las Decisiones Prüm. La Comisión ha decidido hoy enviar un dictamen motivado a Grecia por no trasponer plenamente las Decisiones Prüm (Decisiones 2008/615/JAI y 2008/616/JAI del Consejo). Las Decisiones Prüm permiten a los Estados miembros intercambiar rápidamente información sobre ADN, impresiones dactilares y datos nacionales de matriculación de vehículos, y son un elemento importante de la Agenda Europea de Seguridad. En septiembre de 2016 se envió una carta de emplazamiento a las autoridades griegas. Desde entonces, Grecia ha traspuesto plenamente las medidas necesarias en lo que se refiere al intercambio de información sobre ADN e impresiones dactilares. No obstante, aún no se ha completado un procedimiento de evaluación acerca del intercambio de información sobre matriculación de vehículos. La Comisión ha pedido hoy a Grecia que ultime rápidamente el proceso para cumplir sus obligaciones jurídicas. Grecia tiene ahora dos meses para responder, plazo tras el cual la Comisión puede decidir llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE.
    Seguridad: la Comisión pide a LUXEMBURGO que implemente plenamente el intercambio de información e inteligencia entre los servicios de seguridad
  • La Comisión Europea ha enviado hoy un dictamen motivado a Luxemburgo por no haber comunicado las medidas nacionales adoptadas para trasponer la «Iniciativa Sueca» (Decisión marco 2006/960/JAI del Consejo). Esta Iniciativa permite una puesta en común de información e inteligencia más eficaz entre los servicios de seguridad de los Estados miembros cuando realizan investigaciones criminales u operaciones de inteligencia criminal. Adoptada por el Consejo el 18 de diciembre de 2006, la Iniciativa debería haber sido traspuesta por los Estados miembros el 19 de diciembre de 2008, a más tardar. Luxemburgo recibió una carta de emplazamiento en noviembre de 2016, pero aún no ha informado a la Comisión de ninguna medida de trasposición. Luxemburgo tiene ahora dos meses para notificar a la Comisión las medidas adoptadas para la plena trasposición de la Iniciativa; de no hacerlo, la Comisión podría remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la UE.
  • Migración legal. Traslados intraempresariales: la Comisión pide a BÉLGICA, FINLANDIA y SUECIA que garanticen la plena trasposición y cierra cinco asuntos. La Comisión envía hoy sendos dictámenes motivados a Bélgica, Finlandia y Suecia por no comunicar (Finlandia) y comunicar parcialmente (Bélgica y Suecia) las medidas nacionales adoptadas para trasponer la Directiva sobre los traslados intraempresariales de personal de fuera de la UE. La Directiva sobre los traslados intraempresariales (Directiva 2014/66/UE), adoptada el 15 de mayo de 2014, debería haber sido traspuesta por los Estados miembros el 29 de noviembre de 2016, a más tardar. Su objetivo es facilitar el desplazamiento temporal de trabajadores altamente capacitados (directivos, especialistas y trabajadores en formación) de empresas multinacionales a filiales situadas en la UE. Bélgica, Finlandia y Suecia tienen ahora dos meses para notificar a la Comisión todas las medidas adoptadas para garantizar la plena trasposición de la Directiva; pasado este plazo, la Comisión puede llevar estos asuntos ante el Tribunal de Justicia de la UE. La Comisión también ha decidido hoy dar por cerrados los procedimientos de infracción contra Chipre, Francia, Letonia, Luxemburgo y Eslovaquia tras examinar sus respectivas notificaciones de trasposición de la Directiva sobre los traslados intraempresariales.

 

  • Aviación: la Comisión pide a BÉLGICA que respete los principios de gestión del tráfico aéreo. La Comisión Europea ha decidido enviar una carta de emplazamiento a Bélgica basándose en la falta de medidas correctoras para establecer una célula conjunta civil y militar de gestión del espacio aéreo a fin de satisfacer los principios de utilización flexible del espacio aéreo (FUA). Con arreglo a estos principios, el espacio aéreo ya no se designa como espacio aéreo puramente «civil» o «militar», sino que se considera un continuum que se asigna conforme a las necesidades de los usuarios. Las medidas correctoras son acordadas entre la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) y la autoridad de aviación de Bélgica durante las inspecciones normales. Si Bélgica no actúa en los próximos dos meses, la Comisión puede enviar a las autoridades belgas un dictamen motivado sobre este asunto.

Fuente: © Comisión Europea.eu.

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