Juicio a un matrimonio por la ablación de clítoris de su hija.

Fecha: 09/11/2011
Comentario:

Juicio a un matrimonio por la ablación de clítoris de su hija.
La fiscal sostiene que la mutilación genital se practicó en España y pide seis años de cárcel para la pareja gambiana
Jesús García (Barcelona). © El País.com

Normativa relacionada:

  • Artículo 23 de la LOPJ establece que: “4. Igualmente, será competente la jurisdicción española para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional susceptibles de tipificarse, según la ley española, como alguno de los siguientes delitos ...: g) Los relativos a la mutilación genital femenina, siempre que los responsables se encuentren en España”. ,
  • Artículo 149 del Código Penal, en la redacción incorporda por la LO 11/2003, tipificó el delito de mutilación genital o ablación. Concretamente en su Exposición de Motivos se puede leer que: “... la reforma se plantea desde el reconocimiento de que con la integración social de los extranjeros en España aparecen nuevas realidades a las que el ordenamiento debe dar adecuada respuesta. (…) la mutilación genital de mujeres y niñas es una práctica que debe combatirse con la máxima firmeza, sin que pueda en absoluto justificarse por razones pretendidamente religiosas o culturales. (…).”
  • Resolución del Parlamento Europeo, de 24 de marzo de 2009, sobre la lucha contra la mutilación genital femenina practicada en la UE.
  • Convenio europeo núm. 210 sobre la prevención y la lucha contra la violencia contra hacia las mujeres y la violencia doméstica. 

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Bibliografia:

 

 

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