Aprobado el Programa de Reasentamiento de refugiados en España para el año 2011.

Fecha: 07/10/2011
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Aprobado el  Programa de Reasentamiento de refugiados en España para el año 2011.

Se autorizará la presencia de refugiados para este año.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta conjunta de los Ministerios del Interior y Trabajo e Inmigración, el Programa de Reasentamiento de Refugiados en España para el año 2011. Asimismo, ha autorizado el reasentamiento en España de hasta cien refugiados para este año.
El reasentamiento es un proceso mediante el que un refugiado que ha huido de su país de origen, porque está perseguido por motivos de raza, religión, opiniones políticas, etcétera, y que ha encontrado asilo temporal en otro país, es reasentado en un tercer país, donde tendrá protección permanente, igual que un refugiado en sentido estricto. En este sentido es, por una parte, un instrumento con el que se garantiza una protección duradera al refugiado y, por otra parte, una muestra de solidaridad con los países en vías de desarrollo, que soportan la acogida de la mayoría de los refugiados en el mundo.
A nivel comunitario, las conclusiones del Consejo Europeo de los días 24 y 25 de marzo de 2011 subrayaron la gravedad de la situación humanitaria en Libia y en sus fronteras, así como el compromiso de la Unión Europea de proporcionar ayuda humanitaria a todos los afectados.
Selección de refugiados
La selección de los cien refugiados a reasentar en nuestro país se realizará, preferentemente, mediante el envío de misiones compuestas por miembros de la Dirección General de Política Interior y de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes del Ministerio de Trabajo e Inmigración a los países de primera acogida de los refugiados, misiones que contarán con el apoyo de las Embajadas y Consulados Generales españoles en el exterior, en tanto que su acogida en España será competencia de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes.
Desde un punto de vista económico, se ha calculado que los gastos derivados del reasentamiento de refugiados previsto en el Acuerdo serán prácticamente en su totalidad sufragados por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, excepto los 23.353,18 euros estimados correspondientes a los gastos para la misión de selección de los funcionarios que debe desplazar la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior.
El reasentamiento constituye un mecanismo especial de protección que se une al que establece, con carácter general, la Ley de 30 de octubre de 2009, para la concesión del derecho de asilo en nuestro país a aquellas personas que no pueden volver a su país de origen porque tienen temores fundados a ser perseguidos por motivos de raza, religión, opiniones políticas, etcétera.

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