Transacciones transfronterizas: la Comisión Europea publica un estudio de viabilidad sobre Derecho contractual europeo realizado por un grupo de expertos.

Fecha: 03/05/2011
Comentario:

Transacciones transfronterizas: la Comisión Europea publica un estudio de viabilidad sobre Derecho contractual europeo realizado por un grupo de expertos.

Un grupo de expertos creado por la Comisión Europea ha presentado hoy un estudio de viabilidad sobre una futura iniciativa sobre Derecho contractual europeo. En abril de 2010, la Comisión creó este grupo, constituido por abogados, antiguos jueces y docentes universitarios de toda la Unión Europea, para que estudiaran la forma de mejorar el Derecho contractual en la UE (IP/10/595).  El grupo se ha reunido mensualmente y ha debatido sus trabajos con representantes de empresas (incluidas las pequeñas y medianas empresas, o PYME), organizaciones de consumidores y profesionales jurídicos. También han participado en él observadores del Parlamento Europeo y del Consejo. El estudio abarca las cuestiones prácticas más relevantes en una relación contractual, tales como los derechos jurídicos en caso de mercancías defectuosas y las normas sobre las cláusulas contractuales que puedan ser injustas. Tras la publicación de hoy, las partes interesadas pueden enviar hasta el 1 de julio de 2011 sus observaciones sobre los distintos artículos redactados por el grupo de expertos. La Comisión tendrá en cuenta estas aportaciones, así como los resultados de una consulta pública que concluyó en enero de 2011 (MEMO/11/55). A continuación, la Comisión determinará si el texto del grupo de expertos puede servir de punto de partida, y en qué medida puede serlo, en el caso de que posteriormente se presente una iniciativa política sobre Derecho contractual europeo. 
La Vicepresidenta Viviane Reding, Comisaria de Justicia de la UE, declaró: «Después de más de diez años de intensos trabajos sobre derecho contractual por parte de la Unión Europea, agradezco a los miembros del grupo de expertos que hayan consolidado, simplificado, modernizado y limitado en un estudio de viabilidad el trabajo preparatorio que se había hecho hasta ahora. Es asimismo positivo comprobar que expertos en Derecho contractual de tradiciones jurídicas y contextos profesionales muy diferentes han acordado consensualmente el documento. El resultado del trabajo del grupo de expertos es, sin duda alguna, un gran paso en los intentos por lograr un futuro instrumento de Derecho contractual europeo, a favor del cual se pronunció la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo el mes pasado en una votación. Este estudio proporciona a las Instituciones de la UE las herramientas para tomar cualquier iniciativa futura a nivel europeo en el ámbito del Derecho contractual. Tengo previsto tratar este tema con el Parlamento Europeo, la futura Presidencia Polaca y las partes interesadas para saber si estas herramientas pueden servir de base para llevar a cabo una iniciativa política de seguimiento sobre Derecho contractual este otoño, y de qué manera pueden hacerlo. Mi objetivo es que las PYME y los consumidores se beneficien de un instrumento de Derecho contractual fácil de utilizar, especialmente en las transacciones transfronterizas dentro del mercado único».
Antecedentes
Los contratos son esenciales para el funcionamiento de las empresas y para las compras por parte de los consumidores. Dichos documentos oficializan un acuerdo entre las partes y pueden abarcar una amplia gama de cuestiones, entre ellas la venta de bienes y de los servicios asociados con los mismos, tales como las reparaciones y el mantenimiento.
En la situación jurídica actual, las empresas y consumidores del mercado único tienen que enfrentarse a distintos Derechos contractuales al ejecutar transacciones transfronterizas. Esta situación es muy diferente de la de los Estados Unidos, en donde un comerciante puede vender sus productos en los cincuenta Estados de la Unión sobre la base de un solo conjunto de normas, pese a que existan distintas leyes desde Nueva York hasta California.
Dentro de la UE, la fragmentación actual del Derecho contractual genera costes más elevados, una mayor inseguridad jurídica para las empresas y menor confianza del consumidor en el mercado único. Los costes de transacción (como son adaptar las cláusulas contractuales y las políticas comerciales a un máximo de 27 sistemas jurídicos) y la inseguridad jurídica que supone el recurso al Derecho contractual extranjero dificulta la expansión dentro del mercado único, especialmente a las PYME, que representan el 99 % de las empresas de la UE.
Por ejemplo, imaginemos que una empresa del Reino Unido con seis trabajadores y un volumen de negocios medio anual de 150 000 EUR tiene un producto que se vende muy bien y quiere distribuirlo por Europa. La empresa podría tener que hacer frente a costes de transacción de aproximadamente 275 000 EUR derivados de la contratación de expertos jurídicos para adaptarse a las legislaciones de los otros 26 países.
Los consumidores son también reticentes a aprovechar las ventajas del mercado único por la inseguridad sobre sus derechos. Una finlandesa podría comprarse unos zapatos de su marca preferida en una tienda en línea francesa por 110 EUR (excluidos los gastos de curso), pero puede que aún prefiera pagar 150 EUR en Finlandia porque puede que no esté segura de si, al haber comprado los zapatos en línea, tiene derecho a pedir que le den otro par si las suelas se le despegan a la semana de comprarlos.
Al amparo de la estrategia Europa 2020 (IP/10/225), actualmente la Comisión está abordando los obstáculos que impiden el avance del mercado único para impulsar la recuperación económica. Ello incluye el progreso hacia un Derecho contractual europeo.
En julio de 2010 la Comisión presentó varias opciones en un Libro Verde a favor de un planteamiento más coherente del Derecho contractual. A continuación, la Comisión celebró una consulta pública que se clausuró el 31 de enero de 2011 y que generó 320 respuestas (MEMO/11/55).
El 12 de abril de 2011, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo aprobó un informe por iniciativa propia de Diana Wallis que respalda un Derecho contractual europeo optativo (MEMO/11/236). Dicha Comisión afirmó asimismo que un instrumento optativo podría verse complementado por unas herramientas de referencia para velar por la coherencia y la calidad de la legislación del Derecho contractual europeo. 

Más información:

 

Estudio de viabilidad del grupo de expertos sobre Derecho contractual europeo:

ANEXO. Composition del grupo de expertos en Derecho contractual europeo 

  • Professor Hugh Beale (United Kingdom), QC, FBA, Law Commissioner for England and Wales from 2000 to 2007 and currently Professor of Law at the University of Warwick and visiting professor at the Universities of Amsterdam in the Netherlands and Oxford in the United Kingdom.
  • Professor Eric Clive (United Kingdom), CBE, FRSE, member of the Scottish Law Commission from 1981 to 2000 and visiting Professor of Scots Law at the University of Edinburgh.
  • Dr Susanne Czech (Austria), Secretary General at the European E-commerce and Mail Order Trade Association.
  • Professor Fernando Gomez (Spain), Professor of Law and Economics at Universitat Pompeu Fabra in Barcelona.
  • Professor Luc Grynbaum (France), Professor of Law at Université Paris-Descartes in Paris.
  • Professor Torgny Håstad (Sweden), judge at the Swedish Supreme Court until December 2010 and currently Professor of Law at Uppsala University.
  • Professor Martijn Hesselink (Netherlands), Professor of Law at the University of Amsterdam.
  • Professor Miklos Kiraly (Hungary), Professor of Law at the Eötvös Loránd University in Budapest.
  • Professor Irene Kull (Estonia), Professor of Law at the Faculty of Law in Tartu.
  • Maître Pierre Levêque (France), Lawyer at the Paris Bar.
  • Professor Paulo Mota Pinto (Portugal), Professor of Law at the Universidade de Coimbra.
  • Professor Jerzy Pisulinski (Poland), Professor of Law at the Jagiellonnian University in Kraków.
  • Mr Bob Schmitz (Luxembourg), representative of the Consumer Union of Luxembourg.
  • Professor Hans Schulte-Nölke (Germany), Professor of Law and Director at the European Legal Studies Institute in Osnabrück.
  • Professor Jules Stuyck (Belgium), lawyer at the Brussels Bar and Professor of Law at the University of Leuven.
  • Professor Anna Veneziano (Italy), Professor of Law at the Università degli Studi di Teramo.
  • Ms Ioana Lambrina Vidican (Romania), Notary in Bucharest..
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