El Tribunal Supremo se pronuncia por primera vez sobre las visitas cuando un progenitor reside en el extranjero.

Fecha: 29/05/2017
Comentario:

 

El Tribunal Supremo se pronuncia por primera vez sobre las visitas cuando un progenitor reside en el extranjero. En el caso analizado, el padre reside en Miami y la madre en España y se acordó que el régimen de visitas en el verano comprenda un mes y tres semanas y además no se ve obstáculo para que la hija, de siete años, pueda viajar sola en avión con el servicio de guardería. © Lex Family.eu. 

Noticia vinculada:

 

Jurisprudencia comentada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León