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La falta de inscripción en el Registro Civil no puede perjudicar al beneficiario.
Fecha:
06/07/2026
Comentario:
La falta de inscripción en el Registro Civil no puede perjudicar al beneficiario. TSJC reconoce el derecho de una mujer casada en Marruecos en 1965 a recibir pensión de viudedad. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha reconocido el derecho de una mujer casada en Marruecos en 1965 con un hombre que adquirió la nacionalidad española a recibir una pensión de viudedad después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se lo denegase. Barcelona © Europa Press.es.
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