Empadronamiento de inmigrantes en situación irregular. Conclusiones de la Abogacía del Estado sobre la petición del Ayuntamiento de Vic.

Fecha: 22/01/2010
Comentario:

La Abogacía General del Estado ha remitido a la Delegación del Gobierno en Cataluña el informe solicitado por el Ayuntamiento de Vic, cuyas conclusiones son:

  • 1) La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal procede con independencia de que los mismos tengan o no residencia legal en territorio español, por lo que, en consecuencia, no resulta procedente denegar la inscripción so pretexto de que el ciudadano extranjero no reside legalmente en España.
  • 2) A efectos de tramitar las solicitudes de los extranjeros de inscripción en el padrón municipal, debe entenderse y considerarse como válido y suficiente un pasaporte aunque no cuente con el preceptivo visado.

De esta forma, parece que polémica queda de alguna forma resuelta con la interpretación legal de la actual legislación vigente. En concreto, para la Abogacía General del Estado, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y del Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales,cabe concluir, por todas las razones que se exponen en el texto, que la inscripción de los extranjeros en el padrón del municipio de residencia habitual "procede aunque se trate de extranjeros que no residan legalmente en territorio español" aunque se trate de ciudadanos extranjeros que no cumplan los requisitos de la normativa de extranjería. En todo caso, lo más importante del Informe de la Abogacía General del Estado, que comparto en su totalidad,  es que: “La Ley orgánica 2/2009 de 11 de diciembre… no ha alterado en ningún aspecto las previsiones de la Ley de Bases de Régimen Local sobre padrón municipal Lo que exige la normativa específica por la que se rige el padrón municipal (que, en la resolución de cuestiones que afecten al mismo, prevalece sobre cualquier otra por su condición de normativa propia y específica de la materia) para practicar la inscripción no es la residencia legal, sino la residencia habitual en el término municipal”. La norma legal que regula la extranjería (artículo 6.3 de la LO 2/2009) “utiliza un dato fáctico – domicilio habitual en el municipio – y no un dato jurídico – residencia legal – como base o fundamento de la inscripción en el Padrón” (Informe sobre la consulta del ayuntamiento de Vic en materia de empadronamiento de extranjeros y en concreto “sobre la validez y suficiencia de un pasaporte que no cuente con el preceptivo visado”. Madrid, 20 de enero de 2010) (Texto completo en Fichero Asociado2). 

 Comunicado de Jueces para la Democracia ante  la actuación del Ayuntamiento de Vic (www.juecesdemocracia.es/txtComunicados/2010/15enero10.htm).

Vid. Ficheros Asociados:

1. Nota informativa del Ministerio de Justicia

2. Texto completo del Informe (Facilitado por Mª Helena Bedoya Muriel, letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona ).

3. Texto del Informe de los Servicios jurídicos de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) en relación al empadronamiento. Madrid, 19 de enero de 2010. Cortesía de Eduardo Rojo Torrecilla, Catedrático de DTSS de la UAB  (www.femp.es/index.php/femp/noticias/gobierno_local/informe_jur_dico_sobre_empadronamiento).

La noticia conocida por los medios desde el día 4 de enero ha sido objeto de múltiples criticas y opiniones encontradas. Para una  síntesis rigurosa de todo lo que ha acontecido y la solución propuesta se recomienda la lectura del blog del Prof. Dr. Eduardo Rojo Torrecilla:  

lunes 11 de enero de 2010.

La polèmica sobre l’empadronament dels estrangers a Vic. La importància de la difusió de la informació  (I) (eduardorojoblog.blogspot.com/2010/01/la-polemica-sobre-lempadronament-dels.html) (II) eduardorojoblog.blogspot.com/2010/01/la-polemica-sobre-lempadronament-dels_11.html),  (ì III).  SOS Racisme-Catalunya denuncia els nous criteris d’empadronament de l’Ajuntament de Vic (4 de gener de 2.010) (eduardorojoblog.blogspot.com/2010/01/la-polemica-sobre-lempadronament-dels_5887.html). 

miércoles 20 de enero de 2010.

Publicación del Informe de la Abogacia General del Estado sobre el "caso Vic" (eduardorojoblog.blogspot.com/2010/01/publicacion-del-informe-de-la-abogacia.html).

miércoles 20 de enero de 2010.

Algunas reflexiones sobre el caso Vic. ¿Todos los políticos leen las normas?(I) (eduardorojoblog.blogspot.com/2010/01/algunas-reflexiones-sobre-el-caso-vic.htm) y (II)  (eduardorojoblog.blogspot.com/2010/01/algunas-reflexiones-sobre-el-caso-vic_24.html)

 

 

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