Los derechos de los pasajeros en la UE garantizan un buen viaje.

Fecha: 08/07/2010
Comentario:

Los derechos de los pasajeros en la UE garantizan un buen viaje.

Este verano los viajeros que hacen uso del avión o del tren durante sus vacaciones disfrutan de una amplia gama de derechos en la UE. En el futuro también podrán ejercerlos quienes viajen en barco o autobús.
Según una encuesta, alrededor del 80% de los ciudadanos europeos tiene previsto hacer un viaje de vacaciones este año. Cuando partan en avión, tren, barco o autobús hacia el destino deseado, estarán protegidos por numerosos derechos que garantizarán que la mejor época del año no se vea empañada por contratiempos tales como retrasos en los vuelos o averías de los trenes.
Hace tiempo que los pasajeros cuentan con amplios derechos tanto en vuelos de salida como de llegada. Así, a partir de retrasos superiores a dos horas, los pasajeros tienen derecho a comidas y bebidas gratuitas. En el caso de retrasos superiores a cinco horas o cancelaciones de vuelos, los clientes pueden elegir entre las siguientes opciones: el reembolso del coste del billete en un plazo máximo de siete días, un vuelo de vuelta al punto de partida, o bien un medio de transporte alternativo que vaya al punto de destino. Si el vuelo se retrasa hasta el día siguiente, debe ofrecerse alojamiento en un hotel.
Numerosos pasajeros ejercieron estos derechos durante el pasado mes de abril, cuando una enorme nube de cenizas causada por la erupción de un volcán en Islandia paralizó el espacio aéreo europeo y dejó abandonados a su suerte a diez millones de personas en los aeropuertos de toda Europa.
Quien viaje en tren también puede comenzar sus vacaciones sin preocupaciones. Después de que la UE equiparara el año pasado sus derechos con los de los pasajeros aéreos, deben recibir antes, durante y después de su viaje información completa sobre los mejores precios, los trayectos más cortos, las conexiones entre trenes y la accesibilidad de vagones y estaciones. Además, a partir de ahora, cuando el retraso sea de entre una y dos horas, a los clientes se les reintegrará un 25% del coste del billete, y si es de más de dos horas, el 50%.
Igual que en el caso de los pasajeros aéreos, los que viajen en tren deberán ser indemnizados por pérdidas o daños del equipaje. Las indemnizaciones pueden alcanzar los 1.220 euros para el avión y los 1.300 euros para el tren.
También los viajeros en autobús y los pasajeros de barco disfrutarán en un futuro cercano de derechos más amplios y, por ello, comparables a los que disfrutan aquellos que viajan en tren o avión. A partir de 2012, los pasajeros de barco deberán ser compensados en caso de retrasos de más de 90 minutos o en otro tipo de eventualidades. Las negociaciones sobre los derechos de los viajeros en autobús aún no han terminado.
Asimismo, y como ya ocurre en los trenes y aviones, el acceso de las personas con movilidad reducida a autobuses y barcos deberá ser escrupulosamente garantizado para que todos los ciudadanos de la UE puedan irse de vacaciones sin trabas de ningún tipo.

Más información:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León