La Comisión Delegada del CGCEE en materia de Derechos civiles y participación solicita la elaboración de una Ley de Nacionalidad.

Fecha: 15/06/2010
Comentario:

La Comisión Delegada del CGCEE en materia de Derechos civiles y participación solicita la elabaoración de una Ley de Nacionalidad. 

El pleno del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior celebrado en Madrid los días 7 y 8 de junio aprobó dos decenas de acuerdos sobre propuestas procedentes de sus correspondientes comisiones delegadas, en materia de educación, socio-laboral y retorno, derechos civiles y participación y concernientes a jóvenes y mujeres. De ellas destacamos las relativas al derecho de la nacionalidad:

Acuerdos de la Comisión Delegada en materia de Derechos civiles y participación (con adhesión de la Comisión de jóvenes y mujeres):

"1. Elaboración de una ley de Nacionalidad.

1.1 La Comisión examina las diversas propuestas que, en relación con el acceso a la nacionalidad española, plantean las diferencias que se producen para los descendientes en función de factores tales como las fechas de emigración de sus padres o abuelos o el género de esos ascendientes. En relación con esta cuestión, el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior manifiesta, una vez más, la urgente necesidad de iniciar el proceso de elaboración de una Ley de Nacionalidad actualizada, moderna y a acorde con las recomendaciones de la Unión Europea en la materia.
Esta nueva Ley debería recoger todas las propuestas y resoluciones que el Consejo ha aprobado en sus diferentes Plenos.
1.2. Mientras tanto, y hasta el momento de la entrada en vigor de una nueva Ley de Nacionalidad, el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior pide que se estudie y se dé solución a los temas siguientes:

  • 1.2.1. Con el fin de resolver la discriminación de que padecen aún hoy día las abuelas que perdieron la nacionalidad como consecuencia de su matrimonio con ciudadanos de otros países:
    El Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior solicita la rectificación de la normativa actual, con el fin de aplicar la igualdad de género y de derechos, de forma que los nietos de abuelas nacidas españolas puedan obtener la nacionalidad.
  • 1.2.2. Igualmente solicitamos que se estudie y se dé respuesta al tema del acceso a la nacionalidad española para los cónyuges de españoles o españolas.
    Los cónyuges de españoles o españolas de otras nacionalidades, residentes fuera de España, no tienen la posibilidad de residir un año en este país para poder adquirir la nacionalidad española.
    Por ello, el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior solicita, basándose en el principio de igualdad que consagra la Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, que se dispense a tales cónyuges del requisito previsto de un año de residencia en España para poder adquirir la nacionalidad española, siempre que prueben un tiempo de convivencia en matrimonio con el/la ciudadano/a español/a o tengan hijos nacidos de ese matrimonio.

1.3. En lo que se refiere a la información sobre los procesos de recuperación y mantenimiento de la nacionalidad española, el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior manifiesta que han transcurrido ya más de siete años desde que se puso en vigor la Modificación del Código Civil en Materia de Nacionalidad (Febrero de 2003) y nadie ha informado sobre las consecuencias que ha tenido, cuántas peticiones de recuperación, mantenimiento u opción se han realizado y cuántas han llegado a su meta final.
Igualmente se han manejado muchas cifras muy dispares en la prensa de los hijos de españoles y nietos de españoles que salieron por motivos de la Guerra Civil pero no tenemos a mano estadísticas fidedignas. 
En consecuencia, el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior manifiesta su disgusto al no haber recibido cumplida información sobre esta cuestión tras la petición realizada hace tres años y pide:

  • 1.3.1 Que los organismos competentes proporcionen estadísticas completas por año de: A.- Peticiones de recuperación, mantenimiento u opción de acceso a la nacionalidad española en su distrito consular. Estas estadísticas deben indicar claramente cada uno de estos apartados. B.- Peticiones que han tenido como consecuencia la meta deseada (recuperación, mantenimiento, o adquisición por opción). C.- Peticiones realizadas por españoles nacidos en España, hijos de españoles y nietos de españoles.
  • 1.3.2 Que estas estadísticas estén preparadas por lo menos un mes antes de los Plenos.
  • 1.3.3 Que se mantengan estas estadísticas de manera continuada y que se informe de ellas a los Consejeros en cada uno de los plenos". 

La Comisión Delegada de Jóvenes y Mujeres se adhieró a la propuesta formulada en esta materia por la Comisión Delegada de Asuntos Civiles y Participación, en concreto, al abordar el tema de la "Discriminación de las mujeres en el acceso a la nacionalidad española".

Normativa criticada:

 

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