Discapacidad y derecho al voto.

Autor: Martin Corera Izu
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 27/02/2018
Comentario

CORERA IZU, Martín.: "Discapacidad y derecho al voto", Diario La Ley, núm. 9148, 28 de febrero de 2018, Editorial Wolters Kluwer.

  • Resumen: El presente trabajo analiza la modificación de la Ley de Régimen Electoral para garantizar el derecho de sufragio a las personas con discapacidad. Según fuentes de la Junta Electoral, en nuestro país, más de 100.000 personas no pueden ejercer su derecho al voto. Un derecho personal e inalienable que ocasiona una auténtica discriminación para este colectivo y que choca directamente con el principio constitucional de igualdad. Debemos promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos y libertades para todas las personas con discapacidad. Este solo es un trayecto del camino. Debemos seguir avanzando.
  • La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en vigor en España desde el 3 de mayo de 2008, recoge el derecho de igualdad ante la ley en su art. 12. En estos últimos meses hemos dado pasos legislativos importantes que tienen por finalidad el reconocer a este colectivo capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida. Desde poder formar parte de un jurado popular hasta conseguir el propósito de favorecer la celebración del matrimonio sin él, hasta ahora, obligatorio dictamen médico salvo casos excepcionales en los que la discapacidad afecte de forma evidente, pasando, claro, por reponer el derecho de voto a todas las personas con discapacidad, sin excepciones.
  • La discapacidad coloca a estas personas en una situación de desventaja. El modo de evitar o compensar estas desventajas son adoptar lo que se denomina «medidas de acción positiva». Con ellas intentaremos conseguir la tan ansiada igualdad. Es un objetivo, hay que reconocerlo, muy difícil. El camino está lleno de trabas y obstáculos, pero si algo hay que ser es perseverantes. He puesto como referentes a proteger el interés superior de los menores y la lucha por la igualdad/dignidad de las mujeres. Se comienza con la sensibilización de la sociedad y se culmina con las reformas legislativas necesarias hasta conseguir lo que sucede con cualquier persona, que la capacidad jurídica y la capacidad de obrar sean un todo inseparable.
  • He manifestado también que miro el futuro con optimismo. Que disponemos con herramientas legales suficientes para alcanzar el objetivo de que las personas con discapacidad puedan ser partícipes de una vida en iguales condiciones que el resto de los ciudadanos. La Constitución española y la Convención son los medios que se deben complementar para ello. El apoyo y la asistencia resultan imprescindibles para poder avanzar en garantizar los derechos de este colectivo. Es el nuevo modelo. El enfoque asistencial ha quedado definitivamente superado.

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