Reconocimiento de actos extranjeros en materia de jurisdicción voluntaria en la nueva legislación.

Autor: Francisco José Martín Mazuelos
Ciudad: Madrid
Editorial: Diario La Ley
Fecha: 21/10/2015
Comentario

MARTÍN MAZUELOS, Francisco José.: "Reconocimiento de actos extranjeros en materia de jurisdicción voluntaria en la nueva legislación",  Diario La Ley, núm. 8629, Ref. D-383, Editorial LA LEY; LA LEY 5959/2015.

  • Resumen. A los problemas que plantea el mismo concepto de la jurisdicción voluntaria se unen las imprecisiones terminológicas y sistemáticas con que las nuevas leyes sobre Jurisdicción Voluntaria y sobre Cooperación Jurídica Internacional tratan el reconocimiento e inscripción de actos extranjeros de jurisdicción voluntaria. Estas reflexiones plantean las cuestiones que surgen de los textos legales y tratan de llegar a soluciones prácticas que sean a la vez coherentes con ellos.

Normativa comentada

  • Ley 29/2015Cooperación jurídica internacional en materia civil. TÍTULO V. Del reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales y documentos públicos extranjeros, del procedimiento de exequátur y de la inscripción en Registros públicos. CAPÍTULO I. Disposiciones generales. Artículo 41. Ámbito de aplicación.
  • Ley 15/2015, Jurisdicción Voluntaria. TÍTULO I. De las normas comunes en materia de tramitación de los expedientes de jurisdicción voluntaria. CAPÍTULO I. Normas de Derecho internacional privado: artículo 12. Efectos en España de los expedientes y actos de jurisdicción voluntaria acordados por autoridades extranjeras.

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