STJUE (Sala Segunda) de 13 de diciembre de 2012. Las ayudas para la contratación desempleados no pueden exigir inscripción ni residencia en el Estado que las concede.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Nacionales de la Unión Europea
Fecha: 13/12/2012
Número de recurso: C-379/11.
Comentario:

STJUE (Sala Segunda) de 13 de diciembre de 2012. Asunto C-379/11. Caves Krier Frères Sàrl y Directeur de l’Administration de l’emploi. Libre circulación de los trabajadores. Artículo 45 TFUE. Ayuda a la contratación de desempleados mayores y desempleados de larga duración. Requisito de inscripción en una oficina de colocación de los servicios de empleo nacionales. Requisito de residencia. Restricción. Justificación.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Segunda) declara:

  • "El 45 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa de un Estado miembro que supedita la concesión a los empleadores de una ayuda a la contratación de desempleados mayores de 45 años al requisito de que el desempleado contratado esté inscrito como demandante de empleo en ese mismo Estado miembro, cuando tal inscripción, lo cual corresponde al órgano jurisdiccional remitente verificar, está supeditada a un requisito de residencia en el territorio nacional".

Procedimiento:

Algunos asuntos mencionados:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León