STJUE (Sala Tercera) de 3 de marzo de 2011. Despidos colectivos. Falta de consulta a los representantes de los trabajadores.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Obligaciones contractuales
Fecha: 03/03/2011
Número de recurso: C-235/10 a C-239/10
Comentario:

STJUE (Sala Tercera) de 3 de marzo de 2011. Asuntos acumulados C-235/10 a C-239/10. David Claes (Asunto C 235/10), Sophie Jeanjean (Asunto C 236/10), Miguel Rémy (Asunto C 237/10), Volker Schneider (Asunto C 238/10), Xuan-Mai Tran (Asunto C 239/10) y Landsbanki Luxembourg SA, en liquidación. Procedimiento prejudicial. Política social. Directiva 98/59/CE. Despidos colectivos. Resolución inmediata del contrato de trabajo como consecuencia de una decisión judicial que ordena la disolución y la liquidación del empresario persona jurídica. Falta de consulta a los representantes de los trabajadores. Asimilación del liquidador al empresario.


Fallo del Tribunal:

  • "1) Los artículos 1 a 3 de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos, deben interpretarse en el sentido de que se aplican al cese de las actividades de un establecimiento declarado por una decisión judicial que ordena su disolución y su liquidación por insolvencia, aun cuando la legislación nacional disponga en caso de dicho cese la resolución inmediata de los contratos de trabajo de los trabajadores.
  • 2) Las obligaciones derivadas de los artículos 2 y 3 de la Directiva 98/59 deben cumplirse hasta la extinción definitiva de la personalidad jurídica de un establecimiento cuya disolución y liquidación han sido declaradas. Las obligaciones que incumben al empresario en virtud de los citados artículos deben ser cumplidas por la dirección del establecimiento en cuestión, mientras siga ocupando su lugar –aun con poderes limitados en lo concerniente a la gestión de dicho establecimiento–, o por su liquidador, en la medida en que éste asuma por completo la gestión de dicho establecimiento."

Procedimiento:

Jurisprudencia relacionada:

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