Conclusiones presentadas el 31 de marzo de 2011. Denegación del reconocimiento por el Estado miembro de acogida basado únicamente en el incumplimiento del requisito de residencia.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 31/03/2011
Número de recurso: Asunto C‑184/10
Comentario:

Conclusiones presentadas el 31 de marzo de 2011. Asunto C‑184/10. Mathilde Grasser contra Freistaat Bayern. Petición de decisión prejudicial planteada por el Bayerischer Verwaltungsgerichtshof (Alemania). Directiva 91/439/CEE. Reconocimiento recíproco del permiso de conducción. Permiso de conducción expedido por un Estado miembro en infracción del requisito de residencia. Denegación del reconocimiento por el Estado miembro de acogida basado únicamente en el incumplimiento del requisito de residencia.

A la vista de las consideraciones que preceden, propongo al Tribunal de Justicia que responda a la cuestión prejudicial del Bayerischer Verwaltungsgerichtshof del modo siguiente:

  • Los artículos 1, apartado 2, y 7, apartado 1, letra b), de la Directiva 91/439/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el permiso de conducción, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a que un Estado miembro deniegue el reconocimiento en su territorio del derecho a conducir que se deriva de un permiso de conducción expedido por otro Estado miembro cuando, conforme a los datos indicados en ese permiso o en otras informaciones incontestables procedentes del Estado miembro de expedición, ha quedado acreditado que el titular de dicho permiso no tenía su residencia habitual en el territorio del Estado miembro de expedición cuando se expidió dicho permiso.

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León